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KNOWTax&Legal
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Ámbito fiscal (cont.)
Reales Decretos-Leyes
3. Modificaciones en la Ley General Tributaria para restringir el
fraccionamiento y aplazamiento de deudas tributarias
En primer lugar debe señalarse que las novedades introducidas en materia de
aplazamientos y fraccionamientos de deuda tributaria entrarán en vigor el 1 de
enero de 2017.
Las medidas adoptadas son para ampliar los supuestos en los que el pago de
la deuda tributaria no puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento,
añadiendo a los ya existentes, los siguientes:
–– Las obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar
pagos
fraccionados del IS.
–– Las derivadas de
tributos repercutidos
(por ejemplo IVA), salvo en el caso
de que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido
efectivamente pagadas.
–– Las ejecuciones de
liquidaciones tributarias confirmadas total o
parcialmente en virtud de resolución firme, cuando previamente hubieran
sido suspendidas
durante la tramitación del correspondiente recurso
administrativo o reclamación en sede económico-administrativa o judicial.
–– Finalmente, se suprime la excepción normativa que abría la posibilidad de
aplazamiento o fraccionamiento de las
retenciones e ingresos a cuenta
.
Ya en la práctica, los órganos de recaudación rechazaban las solicitudes en
este ámbito.
También se modifica el apdo. 2 del art. 60 LGT, añadiendo un párrafo que
establece que el pago de deudas tributarias en especie no podrá admitirse
en aquellos casos en los que las deudas tributarias tengan el carácter de
inaplazables, siendo objeto de inadmisión las solicitudes de pago que recaigan
bajo esta casuística.
4. Impuestos especiales
En sede de Impuestos Especiales, el art. 5 del RD-ley 3/2016 modifica la Ley
38/1992, de 28 de diciembre, de Impuesto Especiales incrementado los tipos
impositivos aplicables a determinados Impuestos Especiales de Fabricación y en
concreto el Impuesto sobre Productos Intermedios -que grava el consumo de los
productos intermedios- y el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas -que
grava el consumo del alcohol y las bebidas derivas- tanto en la Península como en
las Islas Canarias.
5. Coeficientes de actualización de valores catastrales
El art. 32.2 de la Ley del Catastro Inmobiliario prevé la posibilidad de actualización
de valores catastrales mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado
para cada año.
Atendiendo a que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se devenga el día 1 de
enero de cada año y ante la imposibilidad de aprobar la Ley de Presupuestos
Generales del Estado para 2017 antes de final de año, el RD-ley 3/2016 ha
aprobado los correspondiente coeficientes de actualización de los valores
catastrales para el ejercicio 2017.
6. Otras medidas
Se actualizan para el año 2017 las cuantías del
tope máximo de la base de
cotización a la Seguridad Social
, en los regímenes que lo tengan establecido,
así como de las
bases máximas de cotización
en cada uno de ellos,
incrementándolas en un
3%
respecto a las vigentes en el presente ejercicio
(3.642 euros mensuales).
También se incluye una medida tan significativa como la encomienda al Gobierno
para fijar el
Salario Mínimo Interprofesional
(SMI) para 2017, con un importante
incremento respecto del establecido para 2016. En consecuencia, el SMI quedará
fijado para el 2017 en
23,59 euros/día
ó
707,6 euros/mes
.