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KNOWTax&Legal

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Ámbito fiscal (cont.)

Reales Decretos-Leyes

3. Modificaciones en la Ley General Tributaria para restringir el

fraccionamiento y aplazamiento de deudas tributarias

En primer lugar debe señalarse que las novedades introducidas en materia de

aplazamientos y fraccionamientos de deuda tributaria entrarán en vigor el 1 de

enero de 2017.

Las medidas adoptadas son para ampliar los supuestos en los que el pago de

la deuda tributaria no puede ser objeto de aplazamiento o fraccionamiento,

añadiendo a los ya existentes, los siguientes:

–– Las obligaciones tributarias que deba cumplir el obligado a realizar

pagos

fraccionados del IS.

–– Las derivadas de

tributos repercutidos

(por ejemplo IVA), salvo en el caso

de que se justifique debidamente que las cuotas repercutidas no han sido

efectivamente pagadas.

–– Las ejecuciones de

liquidaciones tributarias confirmadas total o

parcialmente en virtud de resolución firme, cuando previamente hubieran

sido suspendidas

durante la tramitación del correspondiente recurso

administrativo o reclamación en sede económico-administrativa o judicial.

–– Finalmente, se suprime la excepción normativa que abría la posibilidad de

aplazamiento o fraccionamiento de las

retenciones e ingresos a cuenta

.

Ya en la práctica, los órganos de recaudación rechazaban las solicitudes en

este ámbito.

También se modifica el apdo. 2 del art. 60 LGT, añadiendo un párrafo que

establece que el pago de deudas tributarias en especie no podrá admitirse

en aquellos casos en los que las deudas tributarias tengan el carácter de

inaplazables, siendo objeto de inadmisión las solicitudes de pago que recaigan

bajo esta casuística.

4. Impuestos especiales

En sede de Impuestos Especiales, el art. 5 del RD-ley 3/2016 modifica la Ley

38/1992, de 28 de diciembre, de Impuesto Especiales incrementado los tipos

impositivos aplicables a determinados Impuestos Especiales de Fabricación y en

concreto el Impuesto sobre Productos Intermedios -que grava el consumo de los

productos intermedios- y el Impuesto sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas -que

grava el consumo del alcohol y las bebidas derivas- tanto en la Península como en

las Islas Canarias.

5. Coeficientes de actualización de valores catastrales

El art. 32.2 de la Ley del Catastro Inmobiliario prevé la posibilidad de actualización

de valores catastrales mediante la Ley de Presupuestos Generales del Estado

para cada año.

Atendiendo a que el Impuesto sobre Bienes Inmuebles se devenga el día 1 de

enero de cada año y ante la imposibilidad de aprobar la Ley de Presupuestos

Generales del Estado para 2017 antes de final de año, el RD-ley 3/2016 ha

aprobado los correspondiente coeficientes de actualización de los valores

catastrales para el ejercicio 2017.

6. Otras medidas

Se actualizan para el año 2017 las cuantías del

tope máximo de la base de

cotización a la Seguridad Social

, en los regímenes que lo tengan establecido,

así como de las

bases máximas de cotización

en cada uno de ellos,

incrementándolas en un

3%

respecto a las vigentes en el presente ejercicio

(3.642 euros mensuales).

También se incluye una medida tan significativa como la encomienda al Gobierno

para fijar el

Salario Mínimo Interprofesional

(SMI) para 2017, con un importante

incremento respecto del establecido para 2016. En consecuencia, el SMI quedará

fijado para el 2017 en

23,59 euros/día

ó

707,6 euros/mes

.