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Nº 58 – Julio / Agosto 2017
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—— En otro orden de cuestiones,
la directiva establece
que los inversores institucionales
, gestores de
activos y asesores de voto deben publicar
(9)
:
—— Su
política de implicación
, es decir, cómo implican
a los accionistas en su política de inversión.
—— Además, tal y como viene sucediendo en USA,
han de
revelar públicamente cual ha sido el
sentido de su voto en las Juntas Generales
de Accionistas anualmente,
cuáles son las
votaciones más importantes
y si han recurrido a
los
asesores de voto
o no.
—— Por último, las sociedades deben poder
conocer
quiénes son sus accionistas,
siendo los estados
responsables de facilitarlo:
—— Tendrán derecho a solicitar la identificación de los
inversores que dispongan de
más de un 0,5%
del capital social.
Los estados miembros han de
garantizar este derecho.
—— Los estados miembros facilitarán que los
accionistas puedan confirmar tras la junta el
sentido del voto ejercitado.
En general, todos los cambios
tienen importantes
implicaciones
de gestión para los inversores y gestores
de activos y, en su caso para los países miembros.
También suponen un avance en la transparencia en
remuneraciones, porque la Directiva establece que
más allá de las formalidades, el objetivo es
que las
compañías expliquen a sus accionistas cómo los
sistemas de remuneraciones contribuyen a generar
buenas dinámicas de resultados,
a la vez que haya un
equilibrio entre resultados y remuneración.
En cuanto
a los
proxy advisors
, una mayor transparencia es clave
debido a que actualmente hay sólo dos compañías que
prestan este tipo de asesoramiento.
Habrá que ver cómo se trasponen estos cambios al
ordenamiento jurídico español y cómo impactan en el
informe de remuneraciones.
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(9) Comunicación de 12 de diciembre de 2012
“Plan de Acción: Derecho de Sociedades europeo y gobierno corporativo”.