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KNOWTax&Legal
Nº 57 – Junio 2017
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Novedades legislativas
Ámbito fiscal
Directivas
DIRECTIVA (UE) 2017/952 del Consejo de 29 de mayo de 2017 (DOUE
07/06/2017)
, por la que se modifica la Directiva (UE) 2016/1164 en lo que se
refiere a las asimetrías híbridas con terceros países
Esta Directiva (comúnmente conocida como “ATAD II”) aborda las
asimetrías híbridas respecto a los países no pertenecientes a la UE, dado
que la Directiva (UE) 2016/1164 o “ATAD I“ adoptada en julio de 2016
contiene ya disposiciones contra las disparidades existentes dentro de
la Unión. La Directiva 2017/952 complementa y modifica, pues, dicha
Directiva.
Con la adopción de esta Directiva culmina una serie de medidas fiscales
que la Comisión Europea presentó el pasado 25 de octubre de 2016
ante el Parlamento Europeo -(i) establecer una base imponible común
en el Impuesto sobre Sociedades y un modelo de consolidación fiscal
europeo; (ii) propuesta de una nueva Directiva relativa a los mecanismos
de resolución de la doble imposición; (iii) modificación de la actual Directiva
Anti Abuso (“ATAD”) para incluir en su ámbito de aplicación relativo a
asimetrías hibridas a terceros Estados- concebidas para evitar la elusión
fiscal por parte de las grandes empresas.
La norma contribuirá a la aplicación de las recomendaciones formuladas
por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico
(OCDE) en 2015 acerca de la erosión de la base imponible del impuesto
de sociedades y el traslado de beneficios (BEPS).
Los Estados miembros disponen de plazo hasta el 31 de diciembre de
2019 para incorporar ATAD II a su ordenamiento jurídico nacional (31 de
diciembre de 2021 para una disposición específica, el art. 9 bis sobre
asimetrías hibridas invertidas) y aplicarán dichas disposiciones a partir del 1
de enero de 2020 (1 de enero de 2022 para dicha disposición específica).
Leyes
LEY 3/2017, de 27 de junio (BOE 28/06/2017),
de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2017
En el ámbito tributario, la mayoría de las normas se contienen en su Título VI
-arts. 59 a 74, ambos inclusive-, y muchas de las medidas que incorpora son
las que habitualmente recoge esta norma. No obstante, también introduce
cambios, que afectan al Impuesto sobre el Valor Añadido y al Impuesto
sobre Sociedades.
A continuación se agrupan clasificadas por materias, las principales medidas
tributarias que se recogen en la citada ley: