KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº116 - Noviembre 2022

© 2022 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 19 Nº 116 – Noviembre 2022 KNOWTax&Legal Ámbito fiscal (cont.) BASE IMPONIBLE Base imponible del AJD en el ejercicio anticipado de la opción de compra de un leasing. Sentencia del TS de 16/11/2022 (Rec. 7987/2020) En esta sentencia el TS se pronuncia sobre cómo cuantificar la base imponible en el ITP y AJD en su modalidad de la cuota variable del AJD, en los supuestos de formalización en escritura pública del ejercicio anticipado del derecho de opción de compra que supone la cancelación anticipada de un contrato de arrendamiento financiero que recae sobre un bien inmueble. En concreto, la cuestión casacional planteada al TS se refiere a si la base imponible del AJD debe cuantificarse teniendo en cuenta las cuotas pendientes de amortizar en el momento en el que se ejercita anticipadamente la opción de compra o únicamente el valor residual del bien transmitido. El TS, tras un amplio repaso de la doctrina existente, fija como doctrina que “la base imponible del impuesto sobre actos jurídicos documentados en la celebración de una escritura pública en la que se ejerce el derecho de opción de compra, previsto en el contrato, que comporte la cancelación anticipada de un contrato de arrendamiento financiero, viene constituida por el valor declarado, coincidente con el precio previsto en el contrato para el ejercicio de la opción de compra”. Y aclara que “a tal efecto, la base imponible ha de tomar en consideración no solo el valor residual del bien transmitido, sino las cuotas pendientes de amortizar”. IMPUESTO ESPECIAL DE HIDROCARBUROS El TS plantea una cuestión prejudicial ante el TJUE sobre el Impuesto especial de hidrocarburos. Auto del TS de 15/11/2022. Rec. 1560/2021 El TS en este auto acuerda plantear una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por las dudas de que la regulación del Impuesto Especial de Hidrocarburos (IEH) sea compatible con la Directiva 2003/96/CE, de 27 de octubre de 2003, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición de los productos energéticos y de la electricidad. El TS ha suspendido el procedimiento judicial mientras se resuelve la cuestión prejudicial por el TJUE. La posibilidad de que las Comunidades Autónomas establecieran tipos diferenciados en el IEH fue contemplada en el art. 50 ter de la Ley 38/1992, de Impuestos Especiales, en su redacción vigente entre 1 de enero de 2013 y 31 de diciembre de 2018. Dicho precepto permitía que, junto al tipo estatal del IEH, las Comunidades Autónomas establecieran un tramo suplementario del IEH autonómico, en función del territorio donde fuera consumido el producto sujeto a IEH. Este precepto dejó de estar en vigor el 31 de diciembre de 2018. En este caso, el reclamante instó la devolución de ingresos indebidos del tramo autonómico del IEH, por considerar dicha carga tributaria contraria a la normativa comunitaria. A través del Auto, el TS comunica que la compatibilidad del IEH con el derecho comunitario le suscita dudas. Impuesto sobre la Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) Tribunal Supremo Impuestos Especiales (IIEE) Tribunal Supremo

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