KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº114 - Septiembre 2022

© 2022 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 7 Nº 114 – Septiembre 2022 KNOWTax&Legal Fiscal/Legal (Cont.) REAL DECRETO-LEY 17/2022, de 20 de septiembre (BOE 21/09/2022), por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles. El RD-ley 17/2022 adopta una serie de medidas urgentes en el ámbito energético como la posibilidad de que las cogeneraciones puedan renunciar al régimen retributivo específico y aplicar el mecanismo regulado en el RD-ley 10/2022 que establece, con carácter temporal, un mecanismo de ajustede costes de producción para la reducción del precio de la electricidad en el mercado mayorista, así como la creación de un servicio de respuesta activa de la demanda del sistema eléctrico peninsular español, con efectos desde el 22 de septiembre de 2022, configurado como un producto específico de balance, de conformidad con el Reglamento (UE) 2017/2795, que establece una directriz sobre el balance eléctrico, cuyo contenido completo se incluye en el Anexo II del RD-ley Paraimpulsar la tramitación, puesta en servicio y evacuación de la generación renovable se modifican los Reales Decretos 1955/2000 y 413/2014 -que, respectivamente, regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; y la de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos- para, entre otras cuestiones, acortar los plazos de tramitación de los proyectos de ejecución, y siempre que no se tramiten conjuntamente con la declaración de utilidad pública o con una modificación de la autorización administrativa previa, el plazo de consulta a las distintas administraciones, organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, con bienes y derechos a su cargo se reduce a 15 días (antes 30 días). En el ámbito fiscal el RD-ley 17/2022 reduce temporalmentedesde el 21% al 5% el tipo impositivo del IVA del gas natural y determinados combustibles utilizados en sistemas de calefacción. Esta medida se suma a las adoptadas en meses anteriores en distintos impuestos con el fin común de tratar de combatir la tendencia alcista de la factura eléctrica. Reales Decretos-leyes

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