KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº114 - Septiembre 2022

© 2022 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 21 Nº 114 – Septiembre 2022 KNOWTax&Legal Ámbito fiscal (cont.) Señalar que el TS (STS de 08/04/2019. Rec.4632/2017) también se ha pronunciado sobre la delimitación de las actuaciones de obtención de información en el ámbito de las actuaciones inspectoras, fijando como criterio jurisprudencial: “los requerimientos de obtención de información dirigidos a los obligados tributarios y relativos al cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias no supone el inicio de un procedimiento inspector, aunque se tenga en cuenta el resultado del requerimiento de información para acordar el posterior procedimiento de investigación o comprobación, ya que se está, por regla general, en presencia de actuaciones distintas y separadas”. PLUVALÍA MUNICIPAL El TS decidirá si la inconstitucionalidad del IIVTNU (plusvalía) declarada en la STC 182/2021 obliga en todo caso a anular los procedimientos de derivación de responsabilidad al impedir la recaudación del impuesto. Auto del TS de 15/09/2022. Rec. 7395/2021 La Sentencia del TC 182/2021, de 26 de octubre declaró la inconstitucionalidad de los preceptos que regulan la base imponible del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana y, con ello, la inconstitucionalidad y nulidad del impuesto. No obstante, incluyó una limitación temporal de efectos que supone que no pueden considerarse situaciones susceptibles de ser revisadas con fundamento en la referida sentencia 182/2021: - Aquellas obligaciones tributarias devengadas por este impuesto que a la fecha de dictarse esta sentencia hayan sido decididas definitivamente mediante sentencia con fuerza de cosa juzgada o mediante resolución administrativa firme. - Asimismo considera que tendrán también la consideración de situaciones consolidadas: (i) las liquidaciones provisionales o definitivas que no hubieran sido impugnadas a la fecha de dictarse esta sentencia y (ii) las autoliquidaciones cuya rectificación no haya sido solicitada ex art.120.3 LGT a dicha fecha. Con anterioridad a este fallo el TC ya se había pronunciado en dos ocasiones sobre la inconstitucionalidad de los preceptos reguladores de la base imponible del impuesto estatal si bien en estos casos el alcance de la inconstitucionalidad se restringió a supuestos en los que o bien no se producía un incremento de valor en el terreno transmitido (STC 59/2017, de 11 de mayo) o bien el importe del impuesto superaba la plusvalía obtenida con la transmisión (STC 126/2019, de 31 de octubre). También hubo varios pronunciamientos similares en el ámbito foral. A raíz de lo anterior, el TS se ha pronunciado recientemente en la STS de 27 de julio de 2022, recurso n.º 3304/2019 en relación con un supuesto de derivación de responsabilidad subsidiaria. En ese caso, como el examinado, se considera que la existencia y exigibilidad de la liquidación tributaria cuyo impago constituye la base de la declaración de responsabilidad subsidiaria, y que ha sido impugnada tempestivamente, no puede ser calificado como una situación consolidada que impida la aplicación de los efectos declarados en la STC 182/2021, de 26 de octubre. Tribunales Superiores de Justicia Impuestos Locales Tribunal Supremo

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