KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº82 - Octubre 2019

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 26 Nº 82 – Octubre 2019 KNOW Tax&Legal Ámbito fiscal (cont.) 1. La Comisión haciendo uso del poder que le confiere la legislación de la UE, verificó si la resolución en cuestión otorgaba a su beneficiario una ventaja en comparación con la normal taxation , en los términos de la legislación fiscal nacional. 2. El Tribunal deja claro que el principio arm’s length es una herramienta que permite a la Comisión verificar que las transacciones intragrupo se remuneran como si las hubieran negociado empresas independientes . Por tanto, a la vista de la normativa fiscal luxemburguesa, esta herramienta forma parte de los poderes que la CE puede ejercer en virtud del art. 107 TFUE. Por ello, la CE estaba en condiciones de verificar si el precio de las transacciones intragrupo aceptadas por el APA corresponde a precios que se habrían negociado en condiciones de mercado. El Tribunal considera que la metodología aprobada por la resolución fiscal en cuestión supuso una minoración de la remuneración de la empresa, sobre la base de la cual se determina su carga tributaria . Por lo tanto, la Comisión tenía pleno derecho para concluir que la resolución fiscal en cuestión otorgaba una ventaja a la empresa porque suponía una reducción de su carga tributaria en comparación con el impuesto que habría tenido que pagar según la legislación fiscal común de Luxemburgo. 3. La Comisión no incurrió en error al constatar que la ventaja concedida a la empresa por la resolución fiscal controvertida era selectiva , ya que las condiciones asociadas a la presunción de selectividad se cumplieron en este caso. 4. Por último, el Tribunal considera que la recuperación de la ayuda controvertida no vulnera el principio de seguridad jurídica ni los derechos de defensa. Por el contrario, en la segunda de las Sentencias analizadas, el TGUE anula la Decisión de la Comisión Europea relativa a una ayuda estatal aplicada por los Países Bajos a favor de una compañía de café estadounidense , porque considera que la Comisión (i) cometió un error al identificar el principio de arm’s length como criterio para evaluar la existencia de una ayuda estatal y (ii) no ha logrado demostrar la existencia de una ventaja económica en el sentido del art. 107 TFUE. INTERESES DE DEMORA Estimación parcial de una reclamación: cálculo de los intereses generados cuando ya se ha ingresado la cantidad girada inicialmente. Sentencia del TS, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 18/07/2019. Rec. 4872/2017 En este asunto, la cuestión controvertida consiste en determinar el modo en que deben calcularse los intereses de demora como consecuencia de una estimación parcial de una reclamación, habiéndose ingresado la cantidad inicialmente girada ; en concreto, si la Administración tributaria puede compensar los intereses de demora resultantes de una y otra liquidación, devolviendo al obligado tributario la cantidad que surja a su favor de esa compensación, más los correspondientes intereses de demora, o si, por el contrario, ha de reintegrar a aquél la cantidad total ingresada inicialmente más los intereses de demora sobre esa cantidad y posteriormente proceder a girar Tribunal General de la Unión Europea Tribunal Supremo

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