KNow. Novedades Jurídicas y Fiscales. Mayo 2018

© 2018 KPMG Abogados S.L., sociedad española de responsabilidad limitada y miembro de la red KPMG de firmas independientes, miembros de la red KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 11 Nº 67 – Mayo 2018 Ámbito fiscal (cont.) CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA ORDEN HFP/187/2018 de 22 de febrero (BOE 23/05/2018) , por la que se modifican la Orden HFP/417/2 017, de 12 de mayo, por la que se regulan las especificaciones normativas y técnicas que desarrollan la llevanza de los Libros registro del Impuesto sobre el Valor Añadido a través de la Sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria establecida en el artículo 62.6 del Reglamento del Impuesto sobre el Valor Añadido, aprobado por el Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre, y otra normativa tributaria, y el modelo 322 "Impuesto sobre el Valor Añadido. Grupo de Entidades. Modelo individual. Autoliquidación mensual. Ingreso del Impuesto sobre el Valor Añadido a la importación liquidado por la Aduana", aprobado por la Orden EHA/3434/2007, de 23 de noviembre. En el BOE de 23 de mayo, se ha publicado esta corrección de errores de la Orden HFP/187/2018 , en relación con el importe a partir del cual debe identificarse el registro de facturación para confirmar que no se trata de un error, el cual se encuentra en determinadas páginas de su anexo I, relativo a las especificaciones técnicas del contenido de los libros registro de IVA llevados a través de la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sustituyéndose este anexo I por otro que se incluye en la corrección de errores. CORRECCIÓN DE ERRORES DE LA ORDEN HFP/335/2018, de 28 de marzo (BOE 25/05/2018) , por la que se reducen para el período impositivo 2017 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales. ORDEN HFP/544/2018, de 24 de mayo (BOE 30/05/2018) , por la que se aprueba el modelo 179, "Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos" y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación. La obligación de informar sobre la cesión de uso de viviendas fue originada por el Real Decreto 1070/2017, de 29 de diciembre -que introdujo en el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos (RGAT) el art. 54 ter- con la finalidad de prevención del fraude fiscal actuando respecto a las personas o entidades (en particular las denominadas plataformas colaborativas, pero también agencias inmobiliarias) que intermedien en la cesión de uso de viviendas situadas en España (o parte de las mismas) con fines turísticos, incluso a modo gratuito. De este modo, el mecanismo de control fiscal de las rentas de estas operaciones, mayoritariamente de particulares, se sitúa no en sede de los obligados tributarios, sino de los intermediarios. La referida Orden ha entrado en vigor el 31 de mayo de 2018 (día siguiente al de su publicación en el BOE) y resulta de aplicación a las cesiones de uso de viviendas con fines turísticos realizadas a partir de 1 de enero de 2018 y cuya intermediación se haya producido a partir de esta fecha. A continuación comentamos los principales aspectos contenidos en la Orden para el cumplimiento de esta nueva obligación de información: Órdenes Ministeriales

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