KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº76 - Marzo 2019

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 14 KNOW Tax&Legal Ámbito legal REGLAMENTO (UE) 2019/500 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de marzo de 2019 (DOUE 27/03/2019) , por el que se establecen medidas de contingencia en el ámbito de la coordinación de la seguridad social a raíz de la retirada del Reino Unido de la Unión (Texto pertinente a efectos del EEE). REAL DECRETO-LEY 6/2019, de 1 de marzo (BOE 07/03/2019) , de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Se trata de una norma de gran impacto que introduce modificaciones de calado en el ámbito laboral y de la Seguridad Social, pues afecta a la normativa básica de los trabajadores en materias tales como los planes de igualdad, los permisos relacionados con la conciliación de la vida familiar y laboral, la jornada de trabajo y la igualdad retributiva, que implican toda una serie de nuevos derechos para los trabajadores, así como nuevas obligaciones para los empresarios. Según reza la propia exposición de motivos, este Real Decreto-ley se dicta pretendiendo dar un paso más hacia la plena igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral. Con esta finalidad los siete artículos que componen esta norma modifican siete disposiciones normativas del ámbito laboral con rango de ley que inciden de forma directa en la igualdad entre hombres y mujeres. Las principales novedades del Real Decreto-ley son las siguientes: - Planes de igualdad. En relación con la necesidad de elaboración y aplicación de los planes de igualdad, este Real Decreto-ley amplía el número de empresas obligadas a ello, pues de ser obligatorio para las empresas de más de 250 trabajadores, pasa a que estén obligadas a tener un plan de igualdad todas aquellas empresas que tengan 50 o más trabajadores. A diferencia de la regulación anterior que establecía un elenco enunciativo de materias que podían ser contenidas en los planes de igualdad, ahora mediante este Real Decreto-ley se establece que el diagnóstico que con carácter previo ha de hacerse al plan de igualdad, es el que habrá de contener obligatoriamente, al menos, una determinada información contenida en el Real Decreto-ley. Junto a ello, se crea un Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, como parte de los Registros de convenios y acuerdos colectivos de trabajo. Y se establece una aplicación paulatina para aquellas empresas que ahora con esta nueva regulación están obligadas a tener un plan de igualdad. - Nulidad del contrato por discriminación salarial por razón de sexo. Efectos en la retribución. Es conocido que, en los supuestos en los que se determina la nulidad del contrato, el trabajador tiene derecho a exigir, por el trabajo ya realizado, la remuneración consiguiente a un contrato válido. Pues bien, la novedad que introduce el Real Decreto-ley consiste en que en caso de que la nulidad sea por discriminación salarial por razón de sexo, el trabajador tendrá derecho a la retribución correspondiente al trabajo igual o de igual valor. A estos efectos, el Real Decreto-ley también ofrece la definición de trabajo de igual valor, esto es cuando la naturaleza de las funciones o tareas efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad, sean equivalentes. Laboral y Seguridad Social Reglamentos de la UE Reales Decretos-leyes

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