KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº76 - Marzo 2019

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 12 KNOW Tax&Legal Ámbito fiscal (cont.)  Forma y lugar de presentación de las declaraciones del IRPF. Este año desaparece la posibilidad de obtener la declaración y sus correspondientes documentos de ingreso o devolución en papel impreso generado a través del Servicio de tramitación del borrador/declaración de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. En su lugar, la declaración deberá presentarse por medios electrónicos a través de internet, en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, a través del teléfono, o en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria previa solicitud de cita, así como en las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas, ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales para la confirmación del borrador de declaración; Esta novedad supone la necesidad de modificar la Orden HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones, declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de devolución, de naturaleza tributaria, modificación que también se lleva a cabo a través de esta Orden ministerial.  Otros aspectos. Por otra parte, al igual que el año anterior, a través de esta Orden se regulan los procedimientos de obtención, modificación, confirmación y presentación del borrador de declaración del IRPF y así como la obtención del número de referencia. 2. Modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio (IP). El modelo que aprueba esta Orden reproduce la misma estructura de contenidos de la declaración del ejercicio 2017. Los modelos de declaración y de documento de ingreso del IP que se aprueban son los siguientes: - Modelo D-714, IP. Declaración. Ejercicio 2018. - Modelo 714. IP 2018. Documento de ingreso. Se mantiene como forma de presentación exclusiva de las declaraciones del IP la presentación electrónica a través de Internet. También se mantiene la exigencia de que los sujetos pasivos que presenten declaración por el IP deberán realizar por medios electrónicos, la declaración correspondiente al IRPF.  Plazo de presentación de las declaraciones del IP. El plazo de presentación de las declaraciones del IP es el comprendido entre los días 2 de abril y 1 de julio de 2019, ambos inclusive , sin perjuicio de que la domiciliación bancaria del pago de la deuda resultante de la misma deba efectuarse entre el 2 de abril y el 26 de junio de 2019 . No obstante, si se opta por domiciliar el segundo plazo del impuesto, la domiciliación puede hacerse hasta el 1 de julio de 2019. ORDEN HAC/350/2019, de 5 de marzo (BOE 28/03/2019) , por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas cuya gestión tiene atribuida la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Órdenes Ministeriales

RkJQdWJsaXNoZXIy MjM5MzY=