KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº84 - Diciembre 2019

© 2020 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 50 Nº 84 – Diciembre 2019 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) sociales surgidas mientras él era administrador y estando la sociedad en causa de disolución, pero no a las anteriores a su nombramiento ni a las posteriores a su cese . PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA Competencia judicial en el caso de venta de un bien inmueble y constitución de hipoteca. Sentencia del TJUE, Sala Novena, de 04/12/2019. Asunto C-493/18 Esta petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del art. 3, apdo. 1, y del art. 25, apdo. 1, del Reglamento (CE) n.º 1346/2000 del Consejo, de 29 de mayo de 2000, sobre procedimientos de insolvencia (en adelante el Reglamento) en el marco de un litigio ante los tribunales franceses, en relación con la venta de bienes inmuebles pertenecientes inicialmente a una empresa y con una serie de hipotecas constituidas por esta última sobre tales bienes, y con la acción ejercitada por el administrador concursal a fin de que se declarase la ineficacia de tales negocios jurídicos frente a la masa del concurso. A estos efectos, el TJUE declara que el art. 3 del Reglamento debe interpretarse en el sentido de que una acción ejercitada por el administrador concursal designado por un tribunal del Estado miembro en cuyo territorio se ha abierto el procedimiento de insolvencia , que tiene por objeto que se declaren ineficaces frente al conjunto de los acreedores la venta de un bien inmueble sito en otro Estado miembro y la hipoteca constituida sobre el bien inmueble, es competencia exclusiva de los tribunales del primer Estado miembro. Junto a ello, determina que el art. 25 del Reglamento debe interpretarse en el sentido de que una resolución por la que un tribunal del Estado miembro de apertura de un procedimiento de insolvencia autoriza al administrador concursal a ejercitar una acción en otro Estado miembro , aunque conocer de tal acción sea competencia exclusiva de aquel tribunal, no puede tener como efecto atribuir competencia internacional a los tribunales de ese otro Estado miembro. PROCEDIMIENTOS DE INSOLVENCIA Falta de pago de una deuda contractual antes de la declaración de concurso. Sentencia del TJUE, Sala Cuarta, de 21/11/2019. Asunto C-198/18 En este asunto se analiza una petición de decisión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo sueco en el contexto de un litigio concursal entre una sociedad establecida en Suecia y una empresa polaca -cuyo administrador concursal transmitió el crédito controvertido en el litigio principal a otra sociedad polaca, sustituyéndole como administrador concursal en dicho procedimiento-, respecto a la negativa de la primera a pagar a la segunda un Tribunal Supremo Concursal Tribunal de Justicia de la Unión Europea Nuevo plazo para instar la disolución de la sociedad cuando se produce el cambio de administrador en los casos en los que las sociedad se encuentre en causa de disolución.

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