KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº73 - Diciembre 2018

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 53 Nº 73 – Diciembre 2018 Ámbito fiscal (cont.) cuantía que recibe del comprador, correspondiente a la parte indeterminada del precio de la venta, difiere de la estimación previamente realizada, se deberá practicar la regularización consiguiente, bien mediante la presentación de una declaración complementaria, con los correspondientes intereses de demora, bien rectificando la autoliquidación presentada. No obstante, dado que nos encontramos ante un caso de operación con precio aplazado , en la medida en que el precio se recibe parcialmente mediante pagos sucesivos, transcurriendo más de un año desde la transmisión hasta el pago del último plazo, el consultante podrá acogerse al método de imputación temporal descrito en el art. 14.2 d) LIRPF, imputando las rentas obtenidas a medida que sean exigibles los correspondientes cobros. ERE con indemnización en varios años. Momento para computar la desvinculación con la empresa. Consulta Vinculante a la DGT V2532-18, de 18/09/2018 El Reglamento del IRPF condiciona el disfrute de la exención de las indemnizaciones por despido o cese del trabajador al hecho de que no se produzca una nueva contratación del trabajador despedido o cesado en la misma empresa u otra vinculada dentro de los tres años siguientes a la efectividad del despido o cese. En el caso analizado por la DGT, un empleado causó baja en su empresa acogiéndose a un programa de desvinculación contenido en el plan de adecuación de plantilla del expediente de regulación de empleo el 1 de enero de 2008, percibiendo una renta mensual hasta abril del 2017 (fecha en la que alcanzó los 61 años), y acogiéndose a la exención en la cuantía legalmente establecida. Por tanto, en el caso de que en 2018 el consultante vuelva a prestar servicios a la misma empresa u otra vinculada, la nueva contratación de producirse no tendría lugar dentro del plazo de tres años siguientes al cese, y en consecuencia no resultaría de aplicación la presunción contemplada en el art. 1 del Reglamento del Impuesto. Tratamiento fiscal de los anticipos correspondientes a rendimientos del trabajo. Consulta Vinculante a la DGT V2544-18, de 18/09/2018 Se plantea a la DGT si el anticipo de 3,5 pagas netas del salario futuro, a devolver en un plazo máximo de 12 meses y sin devengo de intereses, que los trabajadores pueden solicitar para atender necesidades urgentes -así acordado con el Comité de empresa- puede considerarse, o no, como retribución en especie en el IRPF . De acuerdo con la configuración legal de las rentas en especie, la obtención por el personal de la empresa consultante de un anticipo con interés comporta para dicho personal una utilidad derivada del trabajo personal o de la relación Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Hay que estimar la ganancia patrimonial cuando una parte del precio de transmisión es indeterminada.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjM5MzY=