KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº73 - Diciembre 2018

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 47 Nº 73 – Diciembre 2018 Ámbito legal (cont.) El TS desestima el recurso de casación para la unificación de doctrina interpuesto contra la sentencia del TSJ Castilla y León y confirma la nulidad del despido y la condena solidaria a las empresas a las consecuencias derivadas de tal declaración. INCUMPLIMIENTO DEL ESTADO Incumplimiento de España de las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva de Ejecución relativa al Reglamento sobre abuso de mercado. Sentencia del TJUE, Sala Séptima, de 04/10/2018. Asunto C-599/2017 Ante la falta de notificación de España informando a la Comisión de la adopción de las disposiciones nacionales de transposición de la Directiva de Ejecución (UE) 2015/2392 de la Comisión, de 17 de diciembre de 2015, relativa al Reglamento (UE) n.º 596/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014 ( Reglamento sobre abuso de mercado ), posteriores requerimientos de ésta e insatisfactoria respuesta de España, la Comisión le acusa de incumplir la obligación que tiene de adoptar y publicar, con fecha límite el 3 de julio de 2016 , las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la Directiva y la de comunicarle inmediatamente el texto de tales disposiciones. España estima que determinadas medidas administrativas adoptadas por la CNMV son suficientes para garantizar el cumplimiento de las obligaciones materiales derivadas de la Directiva. Sin embargo, al indicar ante el TJUE que su transposición “formal” se encontraba “en fase de realización” , España reconoció que no había llevado a cabo todos los trámites exigidos . Señala el TJUE que España se ha limitado a indicar que la resolución adoptada por el Consejo de la CNMV fue debidamente publicada en el BOE, sin que pueda deducirse que las medidas administrativas invocadas constituyan una transposición satisfactoria de la citada Directiva. Conforme reiterada jurisprudencia del TJUE, las disposiciones de una Directiva deben ser ejecutadas con fuerza imperativa y con la especificidad, precisión y claridad requeridas para cumplir la exigencia de seguridad jurídica . Por otro lado, además de la necesidad de un acto positivo de transposición , el TJUE afirma que un Estado miembro no puede alegar disposiciones, prácticas ni circunstancias de su ordenamiento jurídico interno para justificar un incumplimiento de las obligaciones derivadas del Derecho de la Unión. Concluye el TJUE declarando que el Reino de España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva de Ejecución (UE) 2015/2392 relativa al Reglamento sobre abuso de mercado , en lo que respecta a la comunicación de posibles infracciones o infracciones reales de dicho Reglamento a las autoridades competentes, en particular de su art. 13, párrafo primero , al no haber adoptado, dentro del plazo fijado, las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas necesarias para dar cumplimiento a dicha Directiva de Ejecución y al no haber notificado a la Comisión Europea el texto de las disposiciones adoptadas para garantizar su transposición . Tribunal Supremo Administrativo Tribunal de Justicia de la Unión Europea El TJUE afirma que un Estado miembro no puede alegar disposiciones, prácticas ni circunstancias de su ordenamiento jurídico interno para justificar un incumplimiento de las obligaciones derivadas del Derecho de la UE.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjM5MzY=