KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº73 - Diciembre 2018

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 40 KNOW Tax&Legal Ámbito fiscal (cont.) - En segundo lugar, “la forma de cuantificación de uno y otro tributo confirma la distinta ratio que los inspira” . - En tercer lugar, “el distinto enfoque entre ambos impuestos se corrobora si se examinan pormenorizadamente los importes de las cuotas para cada uno de ellos”. - En cuarto lugar, “la recaudación del impuesto autonómico está afectada a programas de gasto en áreas medioambientales, lo que no sucede en el IAE” . - Por último, también hay diferencias entre ambos impuestos en lo atinente al elemento temporal, ya que si bien “los dos impuestos tienen como periodo impositivo el año natural, el devengo del IAE se produce al comienzo de éste, prorrateándose por trimestres si la actividad se inicia o cesa a lo largo del año. Sin embargo en el IIMA no hay necesidad de hacer dicho ajuste proporcional, toda vez que este impuesto grava la producción real, que es lo relevante y no el tiempo de alta en la actividad” . INFORMACIÓN TRIBUTARIA El Supremo rechaza las peticiones de información tributaria dirigidas a abogados y procuradores si no concurren individualmente indicios de riqueza no declarada. Sentencia del TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 13/11/2018. Rec. 620/2017 El TS ha anulado el Acuerdo de 20 de julio de 2017 emitido por el Consejo General del Poder Judicial que dio el visto bueno parcial a la petición de información formulada por la AEAT relativa a la participación de abogados y procuradores en todos los procedimientos judiciales durante los años 2014, 2015 y 2016 excepto en lo relacionado con la identificación del cliente. En concreto, los datos solicitados por la AEAT se referían a la identificación, referente a esos años, de cada abogado y procurador que hubiese intervenido en procesos judiciales en cualquiera de los juzgados y tribunales con sede en cualquier lugar del territorio nacional, con datos como fechas de inicio de su intervención en el procedimiento, importe en litigio o identificación del cliente. Entre otros argumentos para considerar disconforme a Derecho el acuerdo, el Supremo explica que los planes de control tributario de Hacienda de 2016 y 2017 no justificaban un requerimiento de información dirigido globalmente a la totalidad del colectivo de la Abogacía como es el que era objeto de controversia. La lectura de ambos Planes pone bien de manifiesto, en su opinión, que para que un requerimiento de información dirigido a uno o varios profesionales pueda considerarse amparado por el Plan , habrá de concurrir individualmente en cada uno de los seleccionados el siguiente presupuesto : “(...) signos externos de riqueza en los casos en los que dichos signos no resulten acordes con su historial de declaraciones de renta o patrimonio preexistentes mediante el uso combinado de las múltiples informaciones que existen en la actualidad a disposición de la Administración Tributaria” . Tribunal Supremo Ley General Tributaria (LGT) y procedimientos tributarios Tribunal Supremo

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