KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº99 - Abril 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 43 Nº 99 – Abril 2021 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) ENERGÍAS RENOVABLES Energía producida por instalaciones solares fotovoltaicas: reducción o aplazamiento del pago de los incentivos ya previstos, pero aún no devengados, concedidos y confirmados. Sentencia del TJUE, Sala Quinta, de 15/04/2021. Asuntos acumulados C-798/2018 y 799/2018 En el marco de los litigios entre, por una parte, en el asunto C-798/18, la Federación Nacional de Empresas Electrónicas y Eléctricas y 159 empresas de producción de energía eléctrica a partir de instalaciones fotovoltaicas y, en el asunto C-799/18, una entidad del sector de la energía y otras 15 empresas que operan en ese mismo sector y, por otra parte, el Ministerio italiano de Desarrollo Económico y la sociedad estatal italiana gestora de servicios energéticos -en relación con la anulación de las órdenes de desarrollo de determinadas disposiciones legales nacionales que preveían una revisión de las tarifas de incentivación de la producción de electricidad por medio de instalaciones fotovoltaicas y de las formas de abono de aquellas-, se presentan varias peticiones de decisión prejudicial cuyo objeto es la interpretación del art. 216 TFUE, apdo. 2, en relación con el Tratado sobre la Carta de la Energía; de los arts. 16 y 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE; y el art. 3, apdo. 3 a) de la Directiva 2009/28/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de abril, relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables y por la que se modifican y se derogan las Directivas 2001/77/CE y 2003/30/CE, a la luz de los principios de seguridad jurídica, de protección de la confianza legítima, de cooperación leal y de efecto útil. El TJUE declara que, sin perjuicio de las comprobaciones que corresponde efectuar al tribunal remitente, los preceptos controvertidos deben interpretarse en el sentido de que no se oponen a una normativa nacional que prevé la reducción o el aplazamiento del pago de los incentivos a la energía producida por las instalaciones solares fotovoltaicas concedidos anteriormente mediante resoluciones administrativas y confirmados mediante acuerdos específicos celebrados entre los operadores de dichas instalaciones y una sociedad pública, cuando la citada normativa se refiera a los incentivos ya previstos pero aún no devengados . CONTRATOS ADMINISTRATIVOS El TS avala que, excepcionalmente, los pliegos rectores de la licitación, consentidos por no haberse impugnado directamente, puedan impugnarse indirectamente. Sentencia del TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 24/03/2021. Rec. 7844/2019 En este asunto la cuestión planteada versa sobre la posibilidad de impugnación indirecta de los pliegos de cláusulas particulares de la contratación pública, y si es así, dilucidar si la sentencia impugnada, al acoger la impugnación indirecta del Anexo 3 del Pliego de Cláusulas Administrativa Particulares, se ajustó a lo exigido por la jurisprudencia del TJUE y del TS. El TS, que casa y anula la sentencia impugnada, sigue el criterio jurisprudencial expuesto en su Sentencia n.º 398/2021 (Rec. 4883/2019: "(...) Cabe excepcionalmente la impugnación indirecta de los pliegos rectores de la licitación, consentidos por no haberse impugnado directamente. Para ello Administrativo Tribunal de Justicia de la UE Tribunal Supremo

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