KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº99 - Abril 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 44 Nº 99 – Abril 2021 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) deben probarse o las circunstancias a las que se refiere la jurisprudencia del TJUE o que incurren en motivos de nulidad de pleno Derecho, motivos que se aprecian de forma excepcional y restrictiva. (...)”. Señala el TS que la sentencia impugnada no se ajusta a la jurisprudencia del TJUE ni a la del TS , lo que implica que, tal como denuncia la recurrente, la sentencia impugnada vulnera el art. 44 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de conformidad con el cual los pliegos de cláusulas particulares -al igual que otros actos en la contratación pública- deben ser impugnados directamente. Dicho de otro modo, no hay más excepciones a dicha impugnación directa que las jurisprudencialmente contempladas, excepciones cuya concurrencia en el caso no han sido justificadas por la sentencia impugnada. En cuanto a la pregunta adicional de si la impugnación indirecta puede formularla incluso el adjudicatario en fase de adjudicación del contrato, el Alto Tribunal responde afirmativamente, pues en la medida en que el adjudicatario tenga algún interés legítimo que pueda verse afectado, es claro que puede impugnar indirectamente los pliegos de cláusulas particulares . Tribunal de Justicia de la UE

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