KNow. Novedades Jurídicas y Fiscales. Abril 2018

© 2018 KPMG Abogados S.L., sociedad española de responsabilidad limitada y miembro de la red KPMG de firmas independientes, miembros de la red KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 32 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) examinadas en el marco de dicho control y, en su caso, puedan ser objeto de una petición de decisión prejudicial ante el TJUE. RETRIBUCIÓN DE ADMINISTRADORES No puede considerarse como indeterminado un acuerdo social que fija una concreta cuantía para la dieta por asistencia a la reunión del Consejo de Administración. Sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, de 26/02/2018. Rec. 1390/2015 Sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, de 28/02/2018. Rec. 1389/2015 En estas dos Sentencias del TS se resuelve del mismo modo la impugnación de los acuerdos sociales adoptados por las sociedades implicadas en relación con el nombramiento del auditor y la retribución a percibir por los miembros del Consejo de Administración en concepto de dietas por asistencia a los Consejos de Administración. El motivo de impugnación se basaba, por un lado, en la imparcialidad de la firma auditora por estar estrechamente vinculada a la sociedad que asesora en materia fiscal a la sociedad auditada y, por otro lado, en cuanto a la retribución de los miembros del Consejo de Administración porque, al ignorarse cuántas reuniones celebraría el consejo, no resulta fijado el importe de las dietas. El Juzgado de lo Mercantil desestimó la demanda de impugnación de acuerdos sociales. La AP revocó la Sentencia y estimó la demanda. Mientras que el TS estima los recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación interpuestos por las sociedades demandadas, casa cada una de las Sentencias recurridas y confirma la de los Juzgados. Respecto a la independencia del auditor , en primer lugar señalar que el análisis se realiza con respecto a la normativa anterior, así el TS manifiesta “ que entre los servicios prestados a la sociedad auditada que determinan la incompatibilidad para ser su auditor de cuentas, la ley no ha incluido la prestación de servicios de asesoría fiscal . Por tanto, no parece razonable considerar incompatible ambas actividades de modo general y sin que concurra ninguna circunstancia relevante añadida a la mera prestación de servicios de asesoría fiscal ”. Asimismo, tampoco consta que los honorarios que percibe la sociedad que asesora desde el punto de vista fiscal, integrada en la misma red de la sociedad auditora, constituyan un porcentaje significativo del total de los ingresos anuales de ésta última que determine su dependencia económica de la sociedad auditada. En cuanto a la retribución de los consejeros , el TS determina que el acuerdo de fijación de la cuantía de la dieta es acorde con la previsión estatutaria y no puede considerarse que no sea suficientemente determinado. El concepto retributivo (dietas de asistencia) se corresponde con la fijación de un importe determinado por la asistencia a cada una de las reuniones del consejo, y eso es lo que hace el propio acuerdo impugnado. Si se hace un uso abusivo de Tribunal de Justicia de la Unión Europea Tribunal Supremo El TJUE ha declarado que es contraria a la normativa comunitaria una disposición de un tratado internacional celebrado entre Estados miembros que remite en caso de controversia a un tribunal arbitral.

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