KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº102 - Julio/Agosto 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 51 Nº 102 – Julio/Agosto 2021 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) llegada de la crisis de la COVID-19, por lo que se vio obligada a tomar ciertas medidas (ERTE Fuerza Mayor, ERTE ETOP y prórroga del ERTE), hasta llegar al despido colectivo. Adelantamos que la AN declara que, efectivamente, el cese impugnado es ajustado a derecho , argumentando lo siguiente: i. Los firmantes del acuerdo concluyeron que la empresa presenta una situación de crisis económica y de producción estructural que se viene arrastrando desde el ejercicio 2017 y que consiste en una caída de la demanda de los productos y servicios que la misma pretende colocar en el mercado, y que ha desembocado en una situación de pérdidas en 2019 y en el ejercicio 2020, existiendo la misma previsión para el año 2021, lo que a su vez viene respaldado por el informe técnico cuyas conclusiones la Sala asume, para cuya solución se hace necesaria una reajuste de la plantilla y una reorganización de los recursos humanos. ii. Tal crisis estructural se ve agravada por una situación coyuntural como son las restricciones a la movilidad acordadas para solventar la emergencia sanitaria ocasionada por la COVID-19, lo que aparece perfectamente detallado en el Informe técnico, y que para solventar la misma la empresa acudió a diferentes medidas de regulación temporal de empleo, y que, incluso a la fecha del despido colectivo estaba proponiendo nuevas medidas, cuales son el ERTE que se anunció el 1 de febrero de 2021. iii. Tanto de la memoria como del informe técnico se hace un análisis pormenorizado entre los distintos departamentos de la empresa del impacto que las causas -tanto las estructurales, como las coyunturales- producen en los mismos, proponiendo las medidas a adoptar. Por lo expuesto, la AN desestima la demanda interpuesta por el sindicato, y concluye que el despido colectivo es ajustado a Derecho , pues está fundado en causas económicas, productivas y organizativas acreditadas , de carácter estructural y desvinculadas de la crisis sanitaria, y que la medida propuesta resulta proporcionada para superar las mismas; además, se ha aportado documentación e información suficientes, y no hay indicios de vulneración de la libertad sindical. TRABAJO A DISTANCIA No cabe el reconocimiento del derecho a una compensación de gastos genéricos, como consecuencia del trabajo a distancia. Sentencia de la AN, Sala de lo Social, de 04/06/2021. Rec. 103/2021 En este litigio, previa desestimación de las excepciones de inadecuación de procedimiento, de falta de acción, falta de legitimación pasiva y falta de litisconsorcio pasivo necesario, la AN desestima la demanda en la que se solicita el reconocimiento del derecho a las personas trabajadoras a la compensación de los gastos derivados: (i) de la utilización de los equipos, herramientas y medios particulares; y (ii) del desarrollo del trabajo a distancia en sus domicilios particulares, y el derecho a la sustitución de los equipos, medios o instrumentos propios por dotaciones titularidad de la empresa, quedando obligada a su instalación, mantenimiento, actualización, reparación o cambio. Audiencia Nacional

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