KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales. nº64 - Febrero 2018

© 2018 KPMG Abogados S.L., sociedad española de responsabilidad limitada y miembro de la red KPMG de firmas independientes, miembros de la red KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 44 KNOW Tax&Legal Ámbito fiscal (cont.) Dividendo de sociedad operativa española a socio holding holandesa propiedad de socio saudí: apreciación de motivos económicos válidos para la exención. Consulta Vinculante a la DGT V3159-17, de 05/12/2017 En este caso de trata de dos entidades que prestan servicios en el sector de la energía: (i) la S.L. consultante -residente fiscal en España, constituida en 2017 e íntegramente participada por la sociedad holandesa BV, quien presta servicios, facilitándole la adecuada ejecución de los contratos de aprovisionamiento concluidos con proveedores-; y (ii) la BV -residente en Países Bajos, filial participada al 100% de forma indirecta por una entidad de titularidad estatal de Arabia Saudí, constituida en 1989 -que es una sociedad holding que participa en sociedades en España, Reino Unido, Malasia, Corea, Japón y Países Bajos, y dispone de sucursales en India, Francia e Italia. Plantea la consultante si es aplicable la exención del art. 14.1 h) del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por el Real Decreto legislativo 5/2004, de 5 de marzo (TRLIRNR) respecto de los beneficios por ella distribuidos a su matriz (BV). La DGT examina las siguientes cuestiones: - Ambas sociedades cumplen los requisitos formales del art. 14.1 h) TRLIRNR: son residentes fiscales en la UE y asociadas, puesto que la consultante es filial al 100% de la sociedad neerlandesa. Asimismo, cumplimiento de la exigencia de que sea la matriz de la sociedad española (en este caso, la sociedad neerlandesa, que es la que recibe los dividendos), la que cumpla la condición de no haberse constituido para disfrutar indebidamente del régimen de exención. Al respecto, BV se constituyó en 1989, cuando todavía no se encontraba en vigor la Directiva 90/435/CEE, del 23 de julio de 1990, relativa al régimen fiscal común aplicable a las sociedades matrices y filiales de Estados miembros diferentes. - En cuanto a su operativa , BV realiza efectivamente una actividad empresarial, ya que además de actuar como holding , presta servicios a otras sociedades y joint ventures del grupo incluyendo servicios de aprovisionamiento, logística y contratación, tecnología e ingeniería, control de calidad, gestión de proyectos, servicios legales, servicios ejecutivos, recursos humanos, de tecnología y de la información, de selección de personal, de financiación y servicios financieros y administrativos. Por otro lado, esta enumeración no incluye las funciones corporativas propias de gestión de BV, que no constituyen servicios para otras empresas del grupo. Para todas estas actividades dispone de un importante número de empleados; así durante los años 2015 y 2016 el número de empleados a tiempo completo fue superior a 250, todos ellos contratados en los Países Bajos. Además, emplea personal en el extranjero. Hasta este ejercicio 2017, BV operaba en España a través de un establecimiento permanente (EP) que tributaba en el IRNR que atribuía cada año los resultados a su Casa Central. Desde el 2017, el EP ha sido cerrado, empezando a operar BV a través de la consultante. Concluye la DGT que, efectivamente, es de aplicación la citada exención por dividendos , a pesar del accionista final saudí, pues la constitución de BV y su operativa responden a motivos económicos válidos y razones empresariales sustantivas . Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR)

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