KNow. Novedades Jurídicas y Fiscales. Marzo 2018

© 2018 KPMG Abogados S.L., sociedad española de responsabilidad limitada y miembro de la red KPMG de firmas independientes, miembros de la red KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 22 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) 5. Medidas destinadas a la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas. Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de obras para la conservación, la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en: (i) viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila ya sean urbanas o rurales; (ii) edificios de viviendas de tipología residencial colectiva, interviniendo tanto en sus elementos comunes como en el interior de cada vivienda, y (iii) viviendas ubicadas en edificios de tipología residencial colectiva. Son actuaciones subvencionables las que tienen por objeto cimentaciones, estructuras, instalaciones, conservación de cubiertas, azoteas y fachadas, instalación de ascensores, salvaescaleras y rampas, videoporteros, instalaciones domóticas, etc. Es necesario que las viviendas estén finalizadas antes de 1996 -en el plan anterior era de antes de 1981- y cumplan una serie de condiciones. – Beneficiarios : los propietarios de viviendas unifamiliares aisladas o agrupadas en fila y de edificios existentes de tipología residencial de vivienda colectiva, así como de sus viviendas, bien sean personas físicas o bien tengan personalidad jurídica de naturaleza privada o pública, así como las comunidades de propietarios y las empresas constructoras. Podrán ser beneficiarios, también, las Administraciones Públicas y los organismos y demás entidades de Derecho Público, así como las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas, íntegra o mayoritariamente, por las Administraciones Públicas propietarias de los inmuebles. – Cuantía : La cuantía máxima de la subvención no podrá superar: a) 3.000 euros por vivienda y 30 euros por m 2 de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles, cuando se solicita la ayuda solo para subsanar las deficiencias relativas al estado de conservación de la cimentación, estructura e instalaciones. b) 8.000 euros por vivienda y 80 euros por m 2 de superficie construida de local comercial u otros usos compatibles, cuando se solicite la ayuda solo para subsanar las deficiencias relativas al estado de conservación de cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías, incluyendo procesos de desamiantado o estas y las anteriores previstas en el apdo. a). c) El 40% del coste de la actuación. Estas ayudas se incrementan en un 25% cuando los beneficiarios son menores de 35 años y las actuaciones se realicen en municipios de tamaño pequeño. – Plazo: El plazo para ejecutar las obras que se acojan a las ayudas de este programa no podrá exceder de 24 meses, contados desde la fecha de concesión de la ayuda. Reales Decretos

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