KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº95 - Diciembre 2020

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 24 Nº 95 – Diciembre 2020 KNOW Tax&Legal Ámbito Fiscal/Legal (cont.) 2. Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) Con efectos a partir del 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida se introducen las siguientes modificaciones en la normativa reguladora del IRNR: 2.1. Exención en la distribución de beneficios (art.14.1 h TRLIRNR) En consonancia con la medida que se introduce en el IS, se modifica la exención en la distribución de beneficios (art.14.1 h TRLIRNR), suprimiéndose la posibilidad de que se acceda a la misma cuando el valor de adquisición de la participación sea superior a 20 millones de euros sin llegar a una participación mínima, quedando como requisito para aplicar la exención la exigencia de una participación directa o indirecta, de, al menos, el 5%, siempre que se cumplan las restantes condiciones establecidas en el TRLIRNR. Al igual que en IS, también se prevé un régimen transitorio que supone que las participaciones adquiridas antes del 1 de enero de 2021 por un valor superior a 20 millones de euros califican para aplicar la exención durante los ejercicios 2021, 2022, 2023, 2024 y 2025 con independencia de que la participación alcance o no el 5% en el capital, siempre que se cumplan los restantes requisitos establecidos al efecto. 2.2. Exención por intereses y otros (art.14.1 c TRLIRNR) Se prevé la exención por intereses y demás rendimientos obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios, así como las ganancias patrimoniales derivadas de bienes muebles obtenidos sin mediación de establecimiento permanente, por residentes en otro Estado miembro de la UE y, como novedad, también en otro Estado integrante del EEE, siempre que exista un efectivo intercambio de información en los términos previstos en la Ley 36/2006, de 29 de noviembre, de medidas para la prevención del fraude fiscal. 3. Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) Con efectos desde el 1 de enero de 2021 y vigencia indefinida, se adoptan las siguientes medidas: 3.1. Incremento de dos puntos a las rentas del trabajo superiores a 300.000 euros El tipo del IRPF de la escala estatal aplicable a la base imponible general se incrementará con efectos desde el 1 de enero de 2021 del actual tipo máximo del 22,5% aplicable a partir de 60.000 euros de base liquidable general hasta el 24,5% para bases superiores a 300.000 euros. El efecto final de la medida dependerá de cómo las CC.AA . retoquen sus escalas autonómicas, bien al alza o a la baja. Esta medida se acompaña del correspondiente incremento en el cálculo de retenciones e ingresos a cuenta para perceptores de rentas del trabajo que excedan de 300.000 euros para su adecuación a la nueva escala de gravamen. 3.2. Incremento en tres puntos de las rentas del capital a partir de los 200.000 euros Paralelamente, la escala de gravamen del ahorro aplicable a dividendos, intereses, seguros de ahorro y rentas derivadas de la transmisión de Leyes

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