KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº98 - Marzo 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 36 Nº 98 – Marzo 2021 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) VIVIENDA El TC declara la inconstitucionalidad y nulidad parcial del Decreto- ley catalán 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda. Sentencia del TC, Pleno, de 28/01/2021. Rec. 2577/2020 Este asunto gira en torno al recurso de inconstitucionalidad que 86 diputados del grupo parlamentario popular interpusieron contra varios preceptos del Decreto-ley del Gobierno de la Generalitat de Cataluña 17/2019, de 23 de diciembre, de medidas urgentes para mejorar el acceso a la vivienda; contra el artículo único del Decreto-ley catalán 1/2020, de 21 de enero -que modifica el anterior-, y contra el acuerdo del Parlamento de Cataluña, de 4 de marzo de 2020, de validación de este último. En líneas generales, los diputados argumentaron la falta de presupuesto habilitante tanto del art. 86.1 CE, al no concurrir los requisitos exigidos, como del art. 64.1 del Estatuto de Autonomía de Cataluña (EAC); esto es, la falta de una definición explícita y razonada de la situación de necesidad extraordinaria y urgente; la falta de conexión de sentido de las medidas aprobadas con dicha situación; y la vulneración de los límites materiales de los decretos-leyes por "afectar" el Decreto-ley 17/2019 al derecho de propiedad reconocido en el art. 33 CE. En líneas muy generales, los preceptos impugnados modificaban las siguientes normas catalanas: - la Ley 18/2007 , de 28 de diciembre, del derecho a la vivienda, en lo que supone una modificación del concepto de las viviendas vacías o desocupadas, así como de las consecuencias del incumplimiento de la función social por parte de la propiedad de las viviendas; y las consecuencias de no formular una propuesta de alquiler social; - la Ley 24/2015 , del 29 de julio, de medidas urgentes para afrontar la emergencia en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética, en cuanto al concepto de gran tenedor. El TC declara inconstitucional la ampliación de los supuestos en que los grandes tenedores tenían la obligación de ofrecer vivienda social a personas de riesgo de exclusión social. Asimismo, se ampliaron los presupuestos en que era exigible la obligación legal de ofrecer una propuesta de alquiler social antes de interponer determinadas demandas judiciales; también inconstitucionales, así como el establecimiento de dicha obligación también a aquellos procedimientos judiciales iniciados antes de la entrada en vigor del Decreto Ley 17/2019; y - la Ley 4/2016 de 23 de diciembre de medidas de protección del derecho a la vivienda de las personas en riesgo de exclusión residencial, respecto a la ampliación de la facultad de expropiar por causa de interés social, introduciendo la necesidad de concurrencia de ciertos requisitos. Considera el TC que el Decreto-ley 17/2019 regula "materias excluidas" del ámbito de esta figura normativa de acuerdo con los arts. 86.1 CE y 64.1 EAC, por "afectar" al derecho de propiedad del art. 33 CE, resultando insuficiente el rango de la norma, ya que dichas medidas deberían haber sido introducidas mediante ley del Parlamento de Cataluña. Así, los preceptos impugnados -con algunas excepciones Civil Tribunal Constitucional

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