KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº116 - Noviembre 2022

© 2022 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 25 Nº 116 – Noviembre 2022 KNOWTax&Legal Ámbito legal (cont.) SUCESIÓN DE EMPRESAS Criterio del TS acerca de la existencia de un grupo de empresas a efectos laborales, y la relevancia prejudicial para la jurisdicción contencioso-administrativa de lo declarado al respecto. Sentencia del TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 10/11/2022. Rec. 4003/2020 La cuestión debatida consiste en revisar, precisar y en su caso, confirmar la jurisprudencia sobre la responsabilidad por sucesión de empresas respecto a débitos para con la Seguridad Social en supuestos de empresas a las que se atribuye la condición de integrar un grupo empresarial en el que se integran las que han dado lugar a los débitos reclamados. Afirma el TS la existencia de prejudicialidad positiva para la jurisdicción contenciosoadministrativa de los hechos declarados probados en sentencia del orden jurisdiccional social en lo que se refiere a la pertenencia de una empresa a un determinado grupo empresarial de cara a la declaración de dicha empresa como responsable solidaria de las deudas contraídas con la Seguridad Social por las otras empresas del grupo. Partiendo de ello, señala el Alto Tribunal que no cabe reprochar a la sentencia del tribunal del orden contencioso-administrativo cuando, existiendo dos sentencias de sendos tribunales del orden social que han llegado a conclusión distinta respecto a la pertenencia de una empresa a determinado grupo empresarial, se decanta por la segunda de ellas porque, siendo de fecha posterior, en ella se exponen las razones por las que llega a una conclusión distinta, y que el Tribunal del orden contenciosoadministrativo expresamente asume y hace suyas. Una vez que la sentencia recurrida ha declarado que la entidad no formaba parte del grupo empresarial y que, por tanto, no procedía declarar a dicha empresa como responsable solidaria de las deudas contraídas con la Seguridad Social por otras empresas del grupo, concluye el TS que no ha lugar al recurso de casación interpuesto por la TGSS. PRÉSTAMO HIPOTECARIO Validez del acuerdo novatorio que suprimió la originaria cláusula suelo del préstamo hipotecario, y declaró la nulidad de la renuncia al ejercicio de acciones contenida en el "escrito de desistimiento", por falta de transparencia. Sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, de 25/10/2022. Rec. 414/2019 Sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, de 25/10/2022. Rec. 1025/2019 Sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, de 25/10/2022. Rec. 1027/2019 Sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, de 25/10/2022. Rec. 1043/2019 Sentencia del TS, Sala Primera, de lo Civil, de 25/10/2022. Rec. 1075/2019 Comentamos, de manera conjunta, varias sentencias dictadas por el TS el mismo día, y que giran en torno a supuestos de hecho similares, relativos a si es válido, o no, la estipulación del contrato privado que suprimió la originaria cláusula suelo y modificó la regulación del tipo al que se devengaba el interés ordinario. Laboral y Seguridad Social Tribunal Supremo Civil Tribunal Supremo

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