KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº75 - Febrero 2019

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 6 KNOW Tax&Legal Esta rebelde fórmula fue refrendada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en 2012 y, a pesar de que el ayuntamiento recurrió en casación en interés de ley ante el TS, ésta no fue aceptada (STS de 21 de junio 2017) por lo que tal fórmula quedó como definitiva para este contribuyente conquense. Ambos tribunales concluían que el ayuntamiento no había podido revocar los argumentos matemáticos y lógicos expuestos por el contribuyente. Posteriormente, otros juzgados como los de Valencia o Madrid han adoptado este mismo criterio (1) . En conclusión, dado que el resurgimiento del mercado inmobiliario hará que las pérdidas en las ventas de terrenos sean cada vez menos frecuentes, que la reciente interpretación dada por el TS y los nuevos textos normativos limitan la posibilidad de esgrimir argumentos en contra de situaciones en las que el contribuyente ha obtenido una ganancia en la transmisión del terreno, y que ante una situación inexpresiva de capacidad económica podemos vernos inmersos en un procedimiento de prueba de resultado incierto (en el que teniendo todos los medios de prueba a disposición no sepamos qué debemos probar exactamente), siempre podremos esgrimir que la fórmula para la determinación de la base imponible aplicada por defecto por parte de los ayuntamientos no es correcta. Hoy más que nunca, ¡Cuenca existe!. _______________________________________ (1) A la fecha del presente artículo existen varios recursos de casación admitidos y pendientes de resolución por el TS.

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