KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº75 - Febrero 2019

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 13 Nº 75 – Febrero 2019 Ámbito legal (cont.) Por último, se regulan también determinados aspectos procesales que permiten ofrecer a los titulares de estos secretos empresariales herramientas efectivas para la tutela judicial de su posición jurídica a través de un proceso eficaz, desprovisto de formalidades innecesarias y concebido para tramitarse en un plazo razonable. LEY ORGÁNICA 1/2019, de 20 de febrero (BOE 21/02/2019) , por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, para transponer Directivas de la Unión Europea en los ámbitos financiero y de terrorismo, y abordar cuestiones de índole internacional. Mediante esta Ley Orgánica se incorporan al Derecho español (i) la Directiva 2014/57/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre las sanciones penales aplicables al abuso de mercado (Directiva 2014/57/UE) , (ii) la Directiva 2017/541/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de marzo de 2017, relativa a la lucha contra el terrorismo (Directiva 2017/541/UE), y (iii) la Directiva 2017/1371/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal (Directiva 2017/1371/UE). Asimismo, se completa la transposición al Derecho español de la Directiva 2014/62/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 mayo de 2014, relativa a la protección penal del euro y otras monedas frente a la falsificación (Directiva 2014/62/UE); y se adapta la normativa penal española al Convenio del Consejo de Europa sobre la lucha contra el tráfico de órganos humanos , hecho en Santiago de Compostela el 25 de marzo de 2015. También, se completa la regulación de los delitos de corrupción de acuerdo con las directrices del Grupo de Estados Contra la Corrupción (GRECO). Resaltar, entre las modificaciones introducidas en el Código Penal , la extensión de la categoría de delitos en los que las personas jurídicas pueden incurrir en responsabilidad penal, por expresa previsión del Código Penal . Así se modifican, entre otras, las siguientes conductas delictivas: - Dentro de la sección de los delitos relativos al mercado y a los consumidores, se modifica el delito de alteración de precios y la utilización de información privilegiada , y se crea un nuevo tipo delictivo basado en relevación de información privilegiada por quien la poseyera y la revele fuera del normal ejercicio de su trabajo, profesión o funciones y con ello ponga en peligro la integridad del mercado o la confianza de los inversores. - En relación con los delitos contra el terrorismo , se elevan las penas máximas y la inhabilitación pasa de ser especial a ser absoluta durante todo el tiempo de la condena, y se incluye entre los delitos terroristas la falsedad documental que anteriormente no estaba previsto. La principal novedad en este ámbito consiste en la extensión de la responsabilidad penal de las personas jurídicas a la comisión de cualquier tipo de delito de terrorismo, que hasta ahora sólo se preveía para los delitos de financiación del terrorismo. Leyes Penal Leyes Orgánicas

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