KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº74 - Enero 2018

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 26 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS El TS declara nulos dos preceptos del Decreto que regula los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid. Sentencia del TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 10/12/2018. Rec. 2347/2016 La importancia de esta sentencia radica en que una asociación de particulares, gestores y pequeños propietarios de alquiler vacacional de la Comunidad de Madrid ve satisfechas sus pretensiones frente al Decreto 79/2014, de 10 de julio, por el que se regulan los apartamentos turísticos y las viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid , al conseguir que el TS, en sede casacional, declare la nulidad : (i) sobre la necesidad de tener un "visado por el colegio profesional correspondiente", que los titulares de viviendas de uso turístico están obligados a presentar ante la Dirección General competente en materia de turismo; y (ii) sobre la inscripción en el Registro de Empresas Turísticas de la Dirección General competente como requisito necesario para llevar a cabo cualquier forma de publicidad. Considera el TS que tanto la exigencia del visado colegial como la inscripción en el Registro de Empresas Turísticas , no superan el test de necesidad y proporcionalidad que impone la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, además de no estar justificadas, por lo que resultan contrarias a derecho. Por último, el TS mantiene la nulidad, ya declarada por la sentencia recurrida [STSJ de Madrid de 31/05/2016 (Rec. 1165/2014)], del inciso de su apdo. 3 que dispone que las viviendas de uso turístico "no podrán contratarse por un periodo inferior a 5 días" , al no haber sido objeto del recurso de casación. Tribunal Supremo El TS declara nulos, por desproporcionados e injustificados, los preceptos del Decreto madrileño sobre los apartamentos y las viviendas de uso turístico que regulan la necesidad de visado por el colegio profesional correspondiente y la inscripción en el registro de empresas turísticas.

RkJQdWJsaXNoZXIy MjM5MzY=