KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº84 - Diciembre 2019

© 2020 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 9 Nº 84 – Diciembre 2019 KNOW Tax&Legal Ámbito fiscal (cont.) – El devengo de la entrega efectuada por el proveedor y la llevada a cabo por el empresario que facilita la venta a través de la interfaz electrónica se produce, en ambos casos, en el momento en que se haya aceptado el pago . – La entrega efectuada por el proveedor estará exenta de IVA, si bien se le reconoce el derecho a la deducción del IVA soportado en la compra o importación de los bienes entregados. Para ello debe estar registrado en el Estado miembro de adquisición o importación. – El empresario que facilite la venta de bienes a través de la interfaz electrónica a particulares podrá aplicar la ventanilla única (MOSS) a las entregas dentro de un mismo Estado miembro. DIRECTIVA (UE) 2019/2235 del Consejo de 16 de diciembre de 2019 (DOUE 30/12/2019) , por la que se modifican la Directiva 2006/112/CE, relativa al sistema común del impuesto sobre el valor añadido, y la Directiva 2008/118/CE, relativa al régimen general de los impuestos especiales, en lo que respecta al esfuerzo de defensa en el marco de la Unión. DECISIÓN DE LA COMISIÓN de 16 de diciembre de 2019 (DOUE 20/12/2019) , sobre la renovación del grupo de expertos de la Comisión Plataforma sobre la Buena Gobernanza Fiscal, la Planificación Fiscal Agresiva y la Doble Imposición (2019/C 428/08). REAL DECRETO-LEY 18/2019, de 27 de diciembre (BOE 28/12/2019) , por el que se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social. Por medio de este Real Decreto-ley 18/2019, que entró en vigor el 29 de diciembre de 2019 se adoptan determinadas medidas en materia tributaria, catastral y de seguridad social. El mismo se dicta, básicamente, para prorrogar algunas normas cuya vigencia finalizaría con el inicio del nuevo año 2020, en ausencia de una ley de presupuestos. A continuación, detallamos las principales medidas en materia tributaria y catastral: - Prórroga, para el período impositivo 2020, de los límites establecidos para los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019 para la aplicación del método de estimación objetiva del IRPF En los ejercicios 2016, 2017, 2018 y 2019, la cuantía que determinaba la exclusión del método de estimación objetiva -relativa a los rendimientos íntegros obtenidos en el conjunto de actividades económicas, excepto las agrícolas, ganaderas y forestales- , y el límite relativo a las operaciones por las que exista obligación de expedir factura (cuando el destinatario sea un empresario o profesional que actúe como tal en aplicación del Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación) se fijó en 250.000 y en 125.000 euros, respectivamente. Este Real Decreto-ley prorroga la aplicación de dichas cuantías, y por tanto del período transitorio, para el ejercicio 2020. Asimismo, la magnitud referida al volumen de compras en bienes y servicios, establecida en 250.000 euros para 2016, 2017, 2018 y 2019, se prorroga para el ejercicio 2020. Directivas de la UE Decisiones de la UE Reales Decretos-Leyes

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