KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº73 - Diciembre 2018

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 42 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) el sentido de la cláusula 5 del Acuerdo Marco, el hecho de que la concesión de esta indemnización se reserve a los casos de finalización de los contratos de trabajo de duración determinada distintos de los contratos de interinidad solo puede menoscabar el objetivo y el efecto útil del Acuerdo Marco si no existe, en Derecho español, ninguna otra medida efectiva para evitar y sancionar los abusos respecto de los trabajadores con contratos de interinidad, extremo que corresponde verificar al TS. SEGURIDAD SOCIAL Cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de empresas de transporte con vehículos de carga superior a 3,5 toneladas. Sentencia del TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, de 26/10/2018. Rec. 4681/2017 Esta resolución versa sobre la interpretación de dos preceptos de diferentes Leyes de Presupuestos Generales del Estado, relativos a los tipos de cotización aplicables, a raíz del litigio entre una empresa de transportes y la Tesorería General de la Seguridad Social. El TS tras realizar un análisis de la normativa de Seguridad Social aplicable, establece como aplicable el tipo más alto para los profesionales de empresas de transporte, basando la justificación de una mayor cotización del empresario en el mayor riesgo de la actividad desarrollada por el trabajador. Asimismo, siguiendo la petición del Letrado de la Seguridad Social, fija doctrina en relación al tipo de cotización por contingencias profesionales aplicable a una empresa de transportes. En concreto establece que antes de la reforma de la regla tercera, del apdo. dos, de la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2007, efectuada por la disposición final octava de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, las empresas encuadradas en el código CNAE 494 "Transporte de mercancías por carretera y servicios de mudanza" incluidas en el Cuadro I, que cuenten con trabajadores que desempeñen funciones incluidas en el Cuadro II (en el caso, conductores de vehículos de transporte de mercancías con capacidad de carga superior a 3,5tm) deben cotizar por contingencias profesionales y accidentes de trabajo por el tipo más alto (tarifa 6,70% correspondiente al Cuadro II y no por la tarifa 3,70% correspondiente al Cuadro I). PROPIEDAD INTELECTUAL Derechos de autor y derechos afines en la sociedad de la información. Sentencia del TJUE, Sala Primera, de 13/11/2018. Rec. C-310/2017 Se trata de una cuestión prejudicial que tiene por objeto la interpretación del concepto de “obra”, a efectos de la Directiva 2001/29/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 22 de mayo de 2001, relativa a la armonización de determinados aspectos de los derechos de autor y derechos afines a los derechos de autor en la sociedad de la información, en concreto si esta Directiva se opone a que el sabor de un alimento quede protegido por el derecho de autor. Tribunal de Justicia de la Unión Europea Tribunal Supremo Civil Tribunal de Justicia de la Unión Europea

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