KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº110 - Abril 2022

© 2022 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 10 Nº 110 – Abril 2022 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) LEY ORGÁNICA 3/2022, de 31 de marzo (BOE 01/04/2022), de ordenación e integración de la Formación Profesional. La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional (en adelante, la LO 3/2022) -con entrada en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE- tiene por objeto la constitución y ordenación de un sistema único e integrado de formación profesional. La finalidad de la norma es regular un régimen de formación y acompañamiento profesionales que, sirviendo al fortalecimiento, la competitividad y la sostenibilidad de la economía española, sea capaz de responder con flexibilidad a los intereses, las expectativas y las aspiraciones de cualificación profesional de las personas a lo largo de su vida y a las competencias demandadas por las nuevas necesidades productivas y sectoriales tanto para el aumento de la productividad como para la generación de empleo. La Ley Orgánica dispone que cuantas medidas y acciones se programen y desarrollen en el marco del Sistema de Formación Profesional deberán responder a la finalidad a la que éste sirve, con la flexibilidad que exige la generación de itinerarios formativos y profesionales versátiles. Asimismo, la LO 3/2022 modifica la LO 2/2006, de 3 de mayo, de Educación - así como la LO 3/2020 que modifica esta última- y establece una ordenación de las enseñanzas de Formación Profesional contenidas en la misma. REAL DECRETO-LEY 8/2022, de 5 de abril (BOE 06/04/2022), por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la contratación laboral del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación. El RD-ley 8/2022 -con entrada en vigor el mismo día de su publicación- tiene por objeto dotar a los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación de los instrumentos precisos para atraer y retener el talento científico, tecnológico e innovador y se adopta como parte de la reforma de la carrera científica, que aborda el Proyecto de Ley que modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, actualmente en tramitación parlamentaria. Entre las medidas aprobadas por el RD-ley 8/2022, en líneas muy generales, destacan las siguientes:  Se crea un nuevo contrato indefinido de actividades científicotécnicas -en el nuevo art. 23 bis en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación-, que tiene por objeto la realización de actividades vinculadas a líneas de investigación o de servicios científico-técnicos, incluyendo la gestión científico-técnica de dichas líneas. Según el RD-ley estas líneas y servicios engloban un conjuntode conocimientos, inquietudes, productos y proyectos, construidos de manera sistemática alrededor de un eje temático. Estas actividades deberán ser realizadas por uno o más grupos de investigacióny deberán desarrollarse en forma de proyectos de I+D+i, siguiendo las pautas metodológicas adecuadas. Los contratos de actividades científico-técnicas, de duración indefinida, no formarán parte de la Oferta de Empleo Público ni de los instrumentos similares de gestión de las necesidades de personal a que se refiere el art. 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Laboral y Seguridad Social Leyes Reales Decretos-leyes

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