KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº96 - Enero 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 56 Nº 96 – Enero 2021 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) entonces vigente-, sin que sea posible admitir excepciones a esta regla general, so pena de correr un grave riesgo de vulneración de la voluntad social previamente manifestada por la junta en el momento de hacer la elección de los consejeros. La DGSJFP confirma la calificación del registrador, ya que la mera existencia de vacantes no es obstáculo para la inscripción de acuerdos del consejo o de la comisión delegada si lo ha hecho con la salvedad de que su existencia no impida el válido funcionamiento del órgano correspondiente. Respecto a la suspensión de la inscripción del nombramiento de consejera por cooptación, la DGSJFP estima el recurso pues el vicepresidente del consejo de administración ha admitido su intervención y su nombramiento de administradora, como representante de la comunidad hereditaria -que, según jurisprudencia consolidada, es la que ostenta la cualidad de socio- al admitirse la aplicación del art. 126 de la Ley de Sociedades de Capital, contemplando la comunidad hereditaria a través del prisma de la unificación subjetiva del ejercicio de los derechos de socio. Registro Mercantil

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