KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº87 - Marzo 2020

© 2020 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 42 Nº 87 – Marzo 2020 KNOWTax&Legal Ámbito legal PERMISOS RETRIBUIDOS El TS analiza, desde la perspectiva de género, los permisos retribuidos previstos en el art. 37 ET. Sentencia del TS, Sala Cuarta, de lo Social, Pleno, de 03/12/2019. Rec. 141/2018 Este asunto surge a raíz de un acuerdo colectivo de modificación sustancial de las condiciones de trabajo de una empresa de distribución alimentaria donde se cuestiona el sistema de retribución variable establecido, en concreto, en relación con el elenco de supuestos en los que no se devenga dicho incentivo mensual. Así se prevé expresamente lo siguiente: “(…) el Incentivo Secciones no se devengará: durante los periodos de incapacidad temporal, suspensión por maternidad, riesgo durante el embarazo, paternidad, lactancia o situación asimilada (v.gr . periodos de impugnación de altas médicas, etc.), ni será tornado en consideración en ningún caso a efectos de complementar las prestaciones de la Seguridad Social que correspondan. Durante las ausencias del puesto de trabajo, cualquiera que sea su causa , salvo durante las vacaciones, las horas sindicales y los permisos por tiempo inferior a la jornada diaria del trabajador” . Justifica el Alto Tribunal el análisis interpretativo de cada uno de los permisos retribuidos previstos en el art. 37 ET para fijar los límites en los que este acuerdo pudiera colisionar con materias de derecho necesario, ya que una alusión tan genérica podría afectar al ejercicio de derechos fundamentales, en particular, al de igualdad y no discriminación por razón de sexo, en lamedida en que se entienda que cualquier ausencia superior a una jornada comp leta de trabajo supone la pérdida del incentivo de productividad , aunque el motivo de la misma pueda vincularse a razones de género y resulte directa, o indirectamente, discriminatorio para las mujeres trabajadoras y, por lo tanto, atente contra la necesidad de alcanzar la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. Centra el TS su debate en decidir si la regulación prevista en el art. 37 ET admite que, en virtud de un acuerdo colectivo, se prive al trabajador del derecho a percib ir el incentivo de productividad durante el disfrute de los permisos retribuidos a que se refiere. Se parte de la premisa que la propia negociación colectiva, que es origen del complemento salarial, puede establecer las condiciones en las que se genera el derecho a su percepción. Pero dicha posibilidad -recoge el Alto Tribunal- no es ilimitada, sino que encuentra una excepción en aquellos supuestos en los que la exclusión del complemento, en determinadas clases de licencias y permisos, pudiera suponer una merma de la efectividad del principio de igualdad demujeres y hombres . Así, el TS aborda de una manera diferenciada las distintas clases de permisos: - Permiso de lactancia del menor de nueve meses: en el caso de acumularse en jornadas completas que es cuando afecta la pérdida del incentivo, afirma el TS que la literalidad del acuerdo entra en colisión con el derecho fundamental en la medida que impide alcanzar la igualdad efectiva de mujeres y hombres por la vía de penalizar el ejercicio de la corresponsabilidad parental. Laboral y Seguridad Social Tribunal Supremo

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