KNow. Novedades Jurídicas y Fiscales. Marzo 2018

© 2018 KPMG Abogados S.L., sociedad española de responsabilidad limitada y miembro de la red KPMG de firmas independientes, miembros de la red KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 29 Nº 65 – Marzo 2018 Ámbito legal (cont.) – Orden JUS/319/2018 por la que se aprueban los nuevos modelos para la presentación en el Registro Mercantil de las cuentas anuales de los sujetos obligados a su publicación. - Entre las novedades que se incluyen en los nuevos modelos (Modelo normal, Modelo abreviado y Modelo de PYMES), cabe destacar que en cuanto al contenido de la página de presentación en el Registro Mercantil, se insertan dos nuevas casillas entre las destinadas a identificar los documentos contables para indicar si se ha efectuado el depósito del Informe sobre Información no financiera en el caso de que la empresa obligada decida emitir, en relación con estas materias, un informe separado del informe de gestión, así como el depósito de la Declaración de identificación del titular real. - Se elimina la aplicación a reserva por fondo de comercio, en el apdo. «Aplicación de resultados» en el contenido de la memoria normal y la correspondiente página de identificación de las cuentas abreviadas en la hoja “IDA2. Datos generales de identificación e información complementaria requerida en la legislación española”. - En cuanto al contenido de la página de identificación tanto del modelo abreviado como de las Pymes, se modifican tanto el título del cuadro como su nota a pie de página del apartado sobre aplicación de resultados de la hoja “IDP2. Datos generales de identificación e información complementaria requerida en la legislación española”, con el objeto de aclarar que se trata de la propuesta de aplicación de resultados , según el art. 253.1 LSC. - En relación con el modelo de presentación en soporte electrónico, se incorpora la nueva codificación correspondiente tanto al Informe sobre información no financiera como a la Declaración de identificación del titular real, así como la información que contienen los nuevos códigos. - En cuanto a la definición de los test de errores, como ocurre con las cuentas consolidadas, se incorpora la versión actualizada de los test en la página web del Ministerio de Justicia. Por último, señalar que ambas Órdenes contienen un “ Régimen transitorio de los modelos y formatos electrónicos ”, donde se establece que los sujetos obligados podrán seguir utilizando los modelos y formatos electrónicos anteriormente vigentes para la presentación de las cuentas anuales (o consolidadas, en su caso) de ejercicios iniciados con anterioridad al 1 de enero de 2017, y que en todo caso será hábil la utilización de dichos modelos anteriores siempre que la aprobación de las cuentas anuales (o consolidadas, en su caso) y su depósito en el Registro Mercantil competente se haya efectuado con anterioridad al 28 de marzo de 2018. ORDEN ETU/320/2018, de 26 de marzo (BOE 27/03/2018) , por la que se establecen los requisitos y condiciones en las que otros habilitados, distintos de los expresamente facultados por los artículos 154.2 y 169.2 de la Ley 24/2015, de 24 de julio, de Patentes, podrán traducir patentes europeas y solicitudes internacionales de patentes a que se refieren dichos artículos. Órdenes Ministeriales

RkJQdWJsaXNoZXIy MjM5MzY=