KNow. Novedades Jurídicas y Fiscales. Marzo 2018

© 2018 KPMG Abogados S.L., sociedad española de responsabilidad limitada y miembro de la red KPMG de firmas independientes, miembros de la red KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 19 Nº 65 – Marzo 2018 Ámbito legal (cont.) PROGRAMAS El Plan Estatal de Vivienda, para la consecución de los objetivos anteriormente planteados, se estructura en una serie de programas, entre los cuales, destacamos los siguientes: 1. Ayuda al alquiler de vivienda. Este programa tiene por objeto facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a los inquilinos. Por tanto, se mantiene en línea con el programa del plan anterior, salvo el límite anterior de 200 euros/mes que se suprime. Las principales características son: – Beneficiarios : Ser titular, en calidad de arrendatario, de la vivienda habitual, no ser propietario de alguna vivienda en España, y tener ingresos de máximos de unidad de convivencia igual o inferior a 3 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) -o 4 veces el IPREM en caso de familia numerosa categoría general o personas con discapacidad o 5 veces el IPREM en caso de familia numerosa categoría especial o personas con discapacidad más severa (este criterio del IPREM se repite a lo largo de todo el Plan de Vivienda para dichas situaciones de discapacidad o familia numerosa)-. La renta deber ser igual o inferior a 600 euros/mes y excepcionalmente hasta 900 euros/mes, en respuesta a la problemática que actualmente acusan determinados municipios en los que, por diferentes motivos, los precios medios de alquiler de vivienda así lo requieren. – Cuantía: El límite máximo de la ayuda será el 40% de la renta, ampliable al 50% para mayores de 65 años. – Plazo: 3 años. 2. Ayuda a las personas en situación de desahucio o lanzamiento de su vivienda habitual. Es objeto de este programa poder ofrecer una vivienda a las personas en situación de especial vulnerabilidad afectadas por procesos de desahucio de su vivienda habitual, al ser objeto de lanzamiento derivado de ejecución hipotecaria o de demanda de desahucio por impago de la renta del alquiler y no disponer de medios económicos para acceder al disfrute de una nueva vivienda. El programa se articula, mediante colaboración público-privada, con la constitución por las entidades de crédito, como propietarias de viviendas disponibles, de fondos de viviendas para alquiler social. – Beneficiarios : las personas físicas mayores de edad que hayan sido o vayan a ser objeto de lanzamiento o desahucio de su vivienda habitual y permanente y se encuentren en una situación de especial vulnerabilidad que les impida acceder por sus propios medios a otra vivienda. – Cuantía: el precio del arrendamiento que será igual o inferior a 400 euros/mes. Dicho precio se determinará de común acuerdo entre el órgano gestor y el beneficiario, a partir de la estimación inicial realizada con ocasión de la inclusión de la vivienda en el fondo. Se especificará en el contrato, de acuerdo con lo que Reales Decretos

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