KNow. Novedades Jurídicas y Fiscales. Marzo 2018

© 2018 KPMG Abogados S.L., sociedad española de responsabilidad limitada y miembro de la red KPMG de firmas independientes, miembros de la red KPMG, afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 14 KNOW Tax&Legal Ámbito fiscal (cont.) – Se adapta la redacción de varios artículos, concretamente los arts. 2 a) 1.º, 12 a) 1.º y 19 a) 1.º, a las referencias de la Ley de firma electrónica, añadiendo la terminología “sistema de identificación y autenticación” y no sólo la firma electrónica. – Se recoge la posibilidad de permitir solicitar la rectificación de autoliquidación del IRPF a través de la propia declaración del impuesto, cuando el contribuyente haya cometido errores u omisiones que determinen una mayor devolución a su favor o un menor ingreso, pudiendo realizarse esta solicitud de rectificación, para los periodos impositivos 2017 y siguientes, no sólo a través de Renta Web sino también a través de los programas de presentación desarrollados por terceros. Será de aplicación para las solicitudes de rectificación del IRPF correspondientes al ejercicio 2017 y siguientes. – Se suprime la posibilidad de presentación de declaraciones informativas mediante soporte informático (nula utilización en las presentaciones de las declaraciones informativas de los últimos periodos). Modelo de declaración del Impuesto sobre el Patrimonio El modelo que aprueba esta Orden reproduce la misma estructura de contenidos de la declaración del ejercicio 2016, manteniéndose la simplificación de los elementos formales encaminada a facilitar su tratamiento en los procesos informáticos relacionados con la generación de los ficheros electrónicos para la presentación electrónica de las declaraciones y con la obtención de copias electrónicas de las mismas. Los modelos de declaración y de documento de ingreso del IP que se aprueban son los siguientes: – Modelo D-714, IP. Declaración. Ejercicio 2017. – Modelo 714. IP 2017. Documento de ingreso. Forma de presentación de las declaraciones del IP Se mantiene como forma de presentación exclusiva de las declaraciones del IP la presentación electrónica a través de Internet. Por último, también se mantiene la exigencia de que los sujetos pasivos que presenten declaración por el IP deberán realizar por medios electrónicos o teléfono, la declaración correspondiente al IRPF o el borrador de la misma. Plazo de presentación de las declaraciones del IP El plazo de presentación de las declaraciones del IP es el comprendido entre los días 4 de abril y 2 de julio de 2018, ambos inclusive, sin perjuicio de que la domiciliación bancaria del pago de la deuda resultante de la misma deba efectuarse entre el 4 de abril y el 27 de junio de 2018. No obstante, si se opta por domiciliar el segundo plazo del impuesto, la domiciliación puede hacerse hasta el 2 de julio de 2018. Órdenes Ministeriales

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