KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº112 - Junio 2022

© 2022 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 28 Nº 112 – Junio 2022 KNOWTax&Legal Ámbito fiscal (cont.) Finalmente señalar que este Auto se ha publicado apenas unos días después de conocerse dos contestaciones vinculantes emitidas por la DGT a finales de junio que comunican un cambio de criterio en cuanto al procedimiento para rectificar el importe de deducciones generadas en ejercicios anteriores. BASE IMPONIBLE ¿Para calcular el rendimiento obtenido por el establecimiento permanente procede aplicar un criterio de proporcionalidad en la imputación de gastos de dirección y administración generales a tal establecimiento? Auto del TS, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 29/06/2022. Rec. 8015/2021 En este asunto, el TS considera conveniente pronunciarse sobre la cuestión consistente en determinar si para calcular el rendimiento obtenido por las actividades realizadas por una sociedad en un establecimiento permanente situado en el extranjero, que se encuentra exento ex art. 22 TRLIS, es procedente la aplicación de un criterio de proporcionalidad en la imputación de gastos de dirección y administración generales a tal establecimiento. La sentencia de instancia considera que la determinación de los gastos de dirección y generales de administración que han de imputarse a un establecimiento permanente situado en un país tercero no puede hacerse sobre criterios proporcionales, sino únicamente de forma individualizada para cada uno de ellos. El TS admite que sobre esta cuestión no existe un pronunciamiento unívoco de esta Sala aunque sí se ha pronunciado sobre una cuestión vinculada que consiste en la procedencia de la aplicación del criterio de imputación de proporcionalidad para la determinación de los gastos financieros de un establecimiento permanente situado en el extranjero en el sentido de considerar que nada hay que oponer a la imputación de los gastos que realizó la Administración, teniendo en cuenta la relación total de los costes financieros de la empresa, pues la aplicación del porcentaje resultante de comparar las inversiones parece razonable, ante las circunstancias concurrentes. Además el TS considera que la cuestión tiene trascendencia pues es susceptible de proyectarse a un significativo número de situaciones y no se ve mermada por la derogación de la norma que se reputa infringida, pues la redacción del art. 22 de la vigente Ley 24/2014, de 27 de septiembre, del Impuesto sobre Sociedades, no varía, en lo atinente a la regulación de la exención. GASTOS DEDUCIBLES El TS decidirá si son deducibles las remuneraciones abonadas a los miembros del consejo de administración bajo el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Auto del TS, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 29/06/2022. Rec. 6442/2021 El TS mediante este Auto admite a casación un recurso relativo a la deducibilidad en el IS de la retribución de un administrador de una sociedad con socio único. Tribunal Supremo

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