KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº83 - Noviembre 2019

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 55 Nº 83 – Noviembre 2019 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) La DGRN respecto al primer defecto considera que con independencia del origen del vínculo representativo entre la sociedad administradora y su representante persona física, por disposición legal, los efectos de esa designación exceden del ámbito propio del mero apoderamiento para asimilarse a los propios de la relación orgánica de administración, dada la naturaleza de las funciones propias del cargo de administrador que la persona física designada debe ejercer. Añade la DGRN que, a diferencia de los demás poderes, la referida designación de persona física representante no se inscribe en la hoja de la sociedad administradora sino en la hoja de la administrada. Y, aunque se trata de una cuestión que, durante mucho tiempo, no ha sido objeto de regulación normativa expresa, debe entenderse que en la legislación vigente existen normas que, si bien podrían ser más claras, establecen específicamente, siquiera sea por asimilación y remisión al régimen del nombramiento de administradores, la necesidad de aceptación por la persona natural designada para ejercer las funciones propias del cargo de administrador para el que ha sido nombrada la sociedad. En relación con el segundo defecto, la DGRN manifiesta que a falta de norma que expresamente imponga esa manifestación por el designado para la inscripción de la designación, ningún obstáculo existe para considerar suficiente la manifestación sobre tal extremo realizada por el poderdante que contiene la escritura calificada . Y es que, en ninguna de las leyes aplicables en este caso , la Ley 3/2015, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, y la Ley 3/2005, de incompatibilidades de altos cargos de la Administración de la Junta de Andalucía y de declaración de actividades, bienes e intereses de altos cargos y otros cargos públicos, se impone dicha manifestación por el designado. Registro Mercantil

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