KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº83 - Noviembre 2019

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 19 Nº 83 – Noviembre 2019 KNOW Tax&Legal Ámbito legal RESOLUCIÓN de 25 de octubre de 2019 (BOE 05/11/2019) , de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se aprueba la adaptación de las Normas de Auditoría del Sector Público a las Normas Internacionales de Auditoría. RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2019 (BOE 28/11/2019) , de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueban las especificaciones para la implementación nacional de la metodología prevista en el artículo 40.6 del Reglamento (UE) 2017/1485. COMUNICACIÓN 1/2019, de 23 de octubre (BOE 04/11/2019) , de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, de definición de ratios para valorar el nivel de endeudamiento y la capacidad económico-financiera de las empresas que realizan actividades reguladas, y de rangos de valores recomendables de los mismos. DIRECTIVA (UE) 2019/1937 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2019 (DOUE 26/11/2019) , relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. Esta nueva Directiva comúnmente conocida como “Directiva de protección del whistleblower ” tiene por objeto reforzar la aplicación del Derecho y las políticas de la Unión en ámbitos específicos mediante el establecimiento de normas mínimas comunes que proporcionen un elevado nivel de protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión. Entre sus principales novedades, destaca la obligación de disponer de canales y procedimientos de denuncia interna para ciertas entidades públicas y para las empresas con más de cincuenta trabajadores, así como la prohibición de represalias y la adopción de medidas de apoyo a los denunciantes. El ámbito de protección de la Directiva es bastante amplio, puesto que resulta aplicable a los denunciantes que trabajen en el sector privado o público y que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral, incluyendo, como mínimo, a las personas que tengan la condición de trabajadores (incluidos los funcionarios), a las personas que tengan la condición de trabajadores no asalariados , a los accionistas y personas pertenecientes al órgano de administración, dirección o supervisión de una empresa , incluidos los miembros no ejecutivos, así como a los voluntarios y los trabajadores en prácticas que perciben o no una remuneración, y a cualquier persona que trabaje bajo la supervisión y la dirección de contratistas, subcontratistas y proveedores. También protegerá esta Directiva a aquellos denunciantes que comuniquen o revelen públicamente información sobre infracciones obtenida en el marco de una relación laboral ya finalizada y a aquellos denunciantes cuya relación laboral todavía no haya comenzado , en los casos en que la información sobre infracciones haya sido obtenida durante el proceso de selección o de negociación precontractual. Estas medidas de protección también son extensibles a los facilitadores, a los terceros que estén relacionados con el denunciante y que puedan sufrir represalias en un contexto laboral, como compañeros de trabajo o Resoluciones Comunicaciones Otros Directivas de la UE

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