KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº86 - Febrero 2020

© 2020 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 21 Nº 86 – Febrero 2020 KNOW Tax&Legal Ámbito legal REAL DECRETO-LEY 4/2020, de 18 de febrero (BOE 19/02/2020) , por el que se deroga el despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo establecido en el artículo 52.d) del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Como indica su propio título, este RD-ley contiene un artículo único en virtud del cual queda derogado el apdo. d) del art. 52 ET, el cual permitía al empresario extinguir la relación laboral por causa de absentismo derivado de enfermedades intermitentes de corta duración del trabajador, hayan dado lugar o no a la expedición de partes oficiales de baja médica. Dicho precepto fue introducido en el ET por el Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, y se ha mantenido hasta la regulación actual, después de haber experimentado numerosas modificaciones, una de las más importantes en 2012 que eliminó el requisito de que existiera un cierto nivel de absentismo en la empresa -porcentaje que osciló entre el 2,5 y el 5% según sucesivas reformas legislativas-, en relación con el propio absentismo del trabajador. REAL DECRETO 231/2020, de 4 de febrero (BOE 05/02/2020) , por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020. En virtud de lo dispuesto en este Real Decreto, se fija el SMI para cualesquiera actividades en la agricultura, en la industria y en los servicios, sin distinción de sexo ni edad de los trabajadores, en 31,66 euros/día o 950 euros/mes , según que el salario sea por días o por meses. En cómputo anual, acumulando las obligatorias 14 pagas, es de 13.300 euros, con efectos durante el período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020, procediendo, en consecuencia, el abono del salario mínimo con efectos desde el 1 de enero de 2020. Recordar que en el salario mínimo se computa únicamente la retribución en dinero, sin que el salario en especie pueda disminuir esa cuantía íntegra en dinero. En relación con los trabajadores eventuales y temporeros cuyos servicios a una misma empresa no excedan de 120 días, el SMI queda fijado en 44,99 euros/jornada . Asimismo, para los empleados de hogar que trabajen por horas, en régimen externo, el SMI será de 7,43 euros/hora efectiva trabajada . ORDEN ISM/109/2020, de 10 de febrero (BOE 13/02/2020) , por la que se establecen, para el año 2020, las bases de cotización a la Seguridad Social de los trabajadores del Régimen Especial del Mar incluidos en los grupos segundo y tercero. RESOLUCIÓN de 5 de febrero de 2020 (BOE 15/02/2020) , de la Dirección del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Notariado en materia de suministro de información. Laboral y Seguridad Social Reales Decretos-leyes Reales Decretos Órdenes Ministeriales Mercantil Resoluciones

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