KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº75 - Febrero 2019

© 2019 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 15 Nº 75 – Febrero 2019 Ámbito legal (cont.) REAL DECRETO 72/2019, de 15 de febrero (BOE 16/02/2019) , por el que se regula el programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (Programa MOVES). Este Real Decreto regula las bases reguladoras para la concesión de ayudas a actuaciones de apoyo a la movilidad basada en criterios de eficiencia energética, sostenibilidad e impulso del uso de energías alternativas, incluida la disposición de las infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos adecuadas en todo el territorio nacional. El conjunto de estas ayudas se conocen como Programa de Incentivos a la Movilidad Eficiente y Sostenible (Plan MOVES). En este sentido, solo se considerarán subvencionables las actuaciones contempladas en el anexo I del Real Decreto, cuya inversión se haya realizado con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de ayuda. Dichas actuaciones son: (i) la adquisición de vehículos de energías alternativas; (ii) la implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos; (iii) la implantación de sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas; y (iv) la implantación de medidas contenidas en Planes de Transporte al Trabajo de empresas. Serán beneficiarios directos de las ayudas previstas en este programa las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla que deberán destinar el importe de las ayudas a los siguientes sujetos: - Los profesionales autónomos, en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores; - Las personas físicas mayores de edad residentes en España que no sean autónomos (salvo para los sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y para los planes de transporte al trabajo). - Las comunidades de propietarios (salvo para los sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y para los planes de transporte al trabajo). - Las personas jurídicas, válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo Número de Identificación Fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, N, R o W. - El sector público, esto es: la Administración General del Estado, las administraciones de las comunidades autónomas, las entidades que integran la administración local y el sector público institucional, integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas y las universidades públicas. El importe de la ayuda varía en función de la actuación subvencionable que se especifica en el Anexo III de este Real Decreto. REAL DECRETO 70/2019, de 15 de febrero (BOE 20/02/2019) , por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas reglamentarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de control en relación con los transportes por carretera, de transporte sanitario por carretera, de transporte de mercancías peligrosas y del Comité Nacional del Transporte por Carretera. Reales Decretos

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