KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº106 - Diciembre 2021

© 2022 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 20 Nº 106 – Diciembre 2021 KNOW Tax&Legal Fiscal/Legal (cont.) • Las bases y tipos de cotización a la Seguridad Social, Desempleo, Protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y Formación Profesional, a partir del 1 de enero de 2022 , serán los siguientes: el tope máximo de la base de cotización en cada uno de los Regímenes de la Seguridad Social que lo tenga establecido queda fijado en la cuantía de 4.139,40 euros mensuales ; y el tope mínimo de las bases de cotización en los Regímenes de la Seguridad Social, de acuerdo con el art. 19.2 LGSS, tendrá la cuantía del salario mínimo interprofesional (SMI) vigente en cada momento, incrementada en un sexto , salvo disposición expresa en contrario. • Con efectos desde 1 de enero de 2022 y vigencia indefinida, se modifica el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones de 2002. Así, el límite máximo del total de aportaciones y contribuciones empresariales anuales a los planes de pensiones no podrá exceder de 1.500 euros (el tope anterior, conforme a la LPGE de 2021, estaba en 2.000 euros); límite que se incrementará en 8.500 siempre que tal subida provenga de contribuciones empresariales o de aportaciones de la persona trabajadora al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior de la respectiva contribución empresarial. • Se modifica la LGSS para establecer que, únicamente podrán obtener reducciones, bonificaciones o cualquier otro beneficio en las bases, tipos y cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, las empresas y demás sujetos responsables que se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social en relación al ingreso por cuotas y conceptos de recaudación conjunta, así como respecto de cualquier otro recurso de la Seguridad Social que sea objeto de la gestión recaudatoria de la Seguridad Social, en la fecha de su concesión .  Ámbito financiero • El indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá un incremento del 2,5%, en sus cuantías: IPREM diario, 19,30 euros; IPREM mensual, 579,02 euros; IPREM anual, 6.948,24 euros; y en los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional ha sido sustituida por la referencia al IPREM en aplicación de lo establecido en el RD- ley 3/2004, la cuantía anual del IPREM será de 8.106,28 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyeran las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.948,24 euros. • La LPGE 2022 mantiene hasta el 31 de diciembre de 2022 el interés legal del dinero en el 3% y el interés de demora -incluido el interés de demora tributario-, en el 3,75%. • Asimismo, se prevé el apoyo financiero a empresas de base tecnológica (préstamos participativos); a jóvenes emprendedores; a las pequeñas y medianas empresas (PYMEs); a pymes del sector audiovisual y de las industrias culturales y creativas, entre otros. Leyes

RkJQdWJsaXNoZXIy MjM5MzY=