KNOW. Novedades Jurídicas y Fiscales nº99 - Abril 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 12 Nº 99 – Abril 2021 KNOW Tax&Legal Legal/Fiscal REAL DECRETO-LEY 7/2021, de 27 de abril (BOE 28/04/2021) , de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de los consumidores. El RD-ley 7/2021 -con entrada en vigor, con carácter general, el día siguiente al de su publicación , esto es, el 29 de abril de 2021, salvo ciertas excepciones- tiene por objeto la transposición de varias directivas de la UE, en diversas materias, entre ellas, las siguientes: • en defensa de la competencia , transpone parcialmente la Directiva (UE) 2019/1 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, encaminada a dotar a las autoridades de competencias de los Estados miembros de medio para aplicar más eficazmente las normas sobre competencia y garantizar el correcto funcionamiento del mercado interior ( Directiva ECN+ ); • en prevención del blanqueo de capitales , transpone la Directiva 2018/843 (conocida por sus siglas en inglés como AMLD5 ), que incorpora nuevas medidas para reforzar los sistemas de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo. Entre las principales novedades que incorpora, destacan: (i) la inclusión de nuevos sujetos obligados que deben cumplir con las medidas de prevención, deberán estar registrados y serán supervisados por las autoridades. Entre estos nuevos sujetos se encuentran los proveedores de servicios de monedas virtuales, incluyendo los servicios de cambio de moneda virtual por moneda de curso legal, o viceversa, y los proveedores de servicios de custodia de monederos electrónicos o de salvaguardia de claves; (ii) se refuerza el sistema de identificación de los titulares reales de las personas jurídicas, para lo que se crea un sistema registral único en el que se incluirá la información ya existente de los titulares reales en el Registro Mercantil y en las bases de datos notariales, e incorporará la obligatoriedad del registro de los trust y entidades de naturaleza similar que operen en nuestro país y de sus titulares reales. Este nuevo sistema registral permitirá la interconexión de la información con los registros de los otros países de la Unión Europea y facilitará el acceso público a esta información; (iii) se establece el deber para los sujetos obligados de solicitar esta información registral en sus relaciones de negocios con personas jurídicas, y el deber para las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica de obtener, conservar y actualizar la información de su titularidad real y proveerla a autoridades y a sujetos obligados cuando así se requiera; y se se da cumplimiento a las exigencias establecidas por la Directiva en relación con la información a declarar en el Fichero de Titularidades Financieras, ya existente en España desde 2016. • en entidades de crédito, transpone también la quinta Directiva de Requisitos de Capital (conocida por sus siglas en inglés como CRD-V ) y la segunda Directiva de Reestructuración y Resolución de Entidades de Crédito y Empresas de Servicios de Inversión (BRDD-II) , incluidas en el denominado “paquete bancario”. Se avanza así en la incorporación al ordenamiento jurídico español del paquete bancario aprobado por la UE en 2019, que traslada a la normativa europea los acuerdos alcanzados a nivel internacional sobre requisitos de capital en el Comité de Basilea (conocidos como Basilea III) y sobre la capacidad de absorción de pérdidas en la Junta de Estabilidad Financiera del G-20; • en telecomunicaciones , transpone los arts. 49.2 y 50 de la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas. Esta transposición se llevará a cabo a Reales Decretos-leyes

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