KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº101 - Junio 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 16 Nº 101 – Junio 2021 KNOW Tax&Legal Ámbito fiscal (cont.) b. Se incluyen nuevas casillas de ajustes por cambios normativos:  asimetrías hibridas del art.15 bis LIS (casilla 02469 y casilla 02470);  se añade la línea de “Gastos que sean objeto de la deducción por inversiones realizadas por las autoridades portuarias (art. 15.n) LIS)” -casilla 02311-, dado el cambio de régimen fiscal de estas entidades con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2020 que no hayan concluido a 9 de julio de 2020.  se añade la línea “UEFA Women Champions League 2020” (casilla 02312 y casilla 02313) - Respecto del detalle de deducciones se incorporan las “deducciones por producciones cinematográficas extranjeras en Canarias (art.36.2 LIS y DA 14ª Ley 19/1994)” y “deducción por inversiones y gastos realizados por las autoridades portuarias (art.38 bis LIS) y se especifican las “deducciones por activos fijos en La Palma, La Gomera y El Hierro” con un porcentaje incrementado. - Desaparecen las deducciones en 2020 referentes a creación de empleo por contratación de menores de 30 años y desempleados con prestación por desempleo y se actualizan las deducciones relativas a programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público. - En relación con las deducciones con límites incrementados y las deducciones por producciones cinematográficas extranjeras en Canarias o las inversiones anticipadas de la RIC se han introducido cambios similares para completar la información del modelo y la gestión del Impuesto. Además, se introduce un nuevo Anexo V que permite comunicar la materialización de las inversiones anticipadas y su sistema de financiación, que deberá presentarse previamente a la declaración del IS del periodo en el que se realicen dichas inversiones. 2. En lo que respecta al modelo 220 , al cumplimentar los desgloses de bases imponibles negativas, gastos financieros y deducciones de las entidades pertenecientes al grupo se requiere indicar la fecha de incorporación de cada entidad al grupo fiscal. Respecto al plazo de presentación de la declaración, para entidades cuyo período impositivo coincida con el año natural este será hasta el 26 de julio de 2021 (salvo que se opte por la domiciliación, en cuyo caso el plazo vencerá el 21 de julio de 2021 inclusive-), y para el resto de entidades en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del período impositivo. ORDEN HAC/590/2021, de 9 de junio (BOE 11/06/2021) , por la que se aprueba el modelo 490 de "Autoliquidación del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales" y se determinan la forma y procedimiento para su presentación. En esta Orden se regulan, entre otros, los siguientes aspectos: Ordenes Ministeriales

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