KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº90 - Junio 2020

© 2020 KPMG Abogados S.L.P. sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la red KPMG de firmas independientes afiliadas a KPMG International Cooperative (“KPMG International”), sociedad suiza. Todos los derechos reservados. 40 Nº 90 – Junio 2020 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (Cont.) Las ayudas serán cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) dentro del Programa Operativo Plurirregional de España 2014-2020 (en adelante, POPE 2014-2020), en aquellos casos en que las actuaciones respondan a las contempladas como financiables en dicho programa. Serán beneficiarios directos de las ayudas previstas en este programa las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla, que deberán destinar el importe de las ayudas a los siguientes sujetos: - Las personas físicas que desarrollen actividades económicas , en cuyo caso habrán de estar dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores del AEAT; - Las personas físicas mayores de edad , con residencia fiscal en España y no incluidas en el anterior apartado (salvo para los sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y para los planes de transporte al trabajo). - Las comunidades de propietarios (salvo para los sistemas de préstamos de bicicletas eléctricas y para los planes de transporte al trabajo). - Las personas jurídicas , válidamente constituidas en España en el momento de presentar la solicitud, y otras entidades, con o sin personalidad jurídica, cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W. - Las entidades locales y el sector público institucional , integrado por cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las administraciones públicas, las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las administraciones públicas y las universidades públicas. Una de las principales novedades consiste en que las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla podrán llevar a cabo inversiones directas en una o varias de las tipologías de actuación, que podrán ser financiadas con cargo a una parte del presupuesto con el que cada una de ellas cuente de conformidad con lo dispuesto en el anexo V de este Real Decreto 569/2020. Como en el Programa MOVES anterior, este presupuesto se distribuirá entre las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla y podrá ser ampliado si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad. El programa MOVES II estará coordinado por el IDAE y gestionado por las comunidades y ciudades autónomas, que deberán realizar las convocatorias correspondientes en sus territorios. El criterio de reparto del presupuesto que se recoge en el Anexo V del Real Decreto 569/2020 está basado en el Padrón de habitantes publicado por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Las comunidades autónomas concretarán, en sus correspondientes órdenes, el reparto presupuestario entre las distintas actuaciones. No obstante, el Real Decreto 569/2020 establece que hasta el 70% podrá destinarse a la compra de vehículos alternativos; hasta un 50% podrá dirigirse a la implantación de puntos de recarga; y un mínimo de un 10% deberá dedicarse al incentivo de planes de trabajo o medidas adoptadas por los ayuntamientos como respuesta a las necesidades de movilidad asociadas a la crisis del COVID-19 REAL DECRETO 553/2020, de 2 de junio (BOE 19/06/2020) , por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado. Reales Decretos

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