KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº102 - Julio/Agosto 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 33 Nº 102 – Julio/Agosto 2021 KNOW Tax&Legal Jurisprudencia Ámbito fiscal COMPENSACIÓN DE BASES IMPONIBLES NEGATIVAS La rectificación de una autoliquidación del IS correspondiente a un ejercicio no afectado por la prescripción permite compensar BINs con las positivas del ejercicio, pero no crear también las bases negativas generadas en ejercicios prescritos a efectos de tal compensación. Sentencia del TS, Sala de lo Contencioso-Administrativo, de 22/07/2021. Rec.1118/2020 El TS resuelve que la solicitud de rectificación de la autoliquidación correspondiente a un ejercicio no afectado por la prescripción, en el caso analizado el 2012-2013, no permite que el contenido de esa rectificación consista en reconocer ex novo bases imponibles negativas (BINs) supuestamente generadas en ejercicios prescritos y que no fueron incluidas por el obligado tributario en las autoliquidaciones de tales ejercicios. Considera el Tribunal que no puede extendérsele el mismo plazo que la ley reconoce a la Administración tributaria como facultad para comprobar los ejercicios no afectados por la prescripción, por falta de norma expresa o de principio general que pueda permitir esa interpretación. Esto es, la rectificación permite compensar BINs con las positivas del ejercicio, pero no crear también las bases negativas a efectos de tal compensación. El caso concreto es el de un Club que solicitó la rectificación de la declaración del IS del periodo 2012/13, con la finalidad de incluir las BINs de ejercicios anteriores, resultado de las revalorizaciones contables indebidamente practicadas, en caso de que dichas revalorizaciones no se hubiesen efectuado (o bien que se hubiesen efectuado, pero después ajustado fiscalmente). La Sentencia de instancia reconoce el derecho a compensar BINs de ejercicios prescritos, sin perjuicio de la comprobación administrativa sobre su procedencia. Sin embargo, el TS estima el recurso de casación promovido por el abogado del Estado y consecuentemente casa la sentencia recurrida por las siguientes razones: - El hecho de que el Club demandante en la instancia sostenga que no haya pedido la rectificación de las autoliquidaciones antiguas, sino de la no afectada por la prescripción, la del ejercicio partido 2012-2013, no altera la circunstancia esencial de que sería preciso, para dar contenido y sentido a la rectificación instada, no afectada por la prescripción extintiva, rectificar o modificar también las declaraciones de los ejercicios prescritos, en lo necesario para generar o aumentar las BINs y poder así compensarlas con las positivas. Impuesto sobre Sociedades (IS) Tribunal Supremo

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