KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº102 - Julio/Agosto 2021

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 19 Nº 102 – Julio/Agosto 2021 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.)  Modelo de presentación en soporte electrónico (art. 2) Se aprueba el formato y los distintos campos a que habrá de sujetarse la presentación en soporte informático de las cuentas anuales y demás documentos a que se refiere el artículo anterior, y que podrán remitirse al Registro competente de forma telemática, en los términos del anexo II de la Orden, relativo a los “Formatos de los depósitos digitales“ . La identificación de las cuentas presentadas a depósito en la certificación acreditativa de su aprobación que exige el art. 366.1.3. ° RRM se realizará mediante la firma electrónica del archivo que las contiene.  Test de corrección de errores (art. 3) Se aprueba el doble juego de corrección de errores que figuran en el anexo III de la Orden para las cuentas presentadas en soporte informático con el alcance que a los mismos se asigna: de cumplimiento obligatorio, cuya falta impedirá la generación del soporte informático los unos, o de coherencia implícita y cumplimiento recomendado los otros. II. Nuevos modelos de presentación de las cuentas anuales consolidadas (Orden JUS/793/2021) Los principales cambios introducidos en estos modelos son los siguientes:  Presentación de cuentas anuales consolidadas en Formato Electrónico Único (art. 1) Cuando el grupo sujeto a la obligación de depositar las cuentas anuales consolidadas decida presentarlas en formato electrónico único europeo, por aplicar las normas internacionales de contabilidad NIC/NIIF, deberá realizarlo mediante la generación del fichero correspondiente , que deberá cumplir las normas y especificaciones de acuerdo a la Taxonomía XBRL del formato ESEF, que se encuentra publicada en la página web de la European Securities and Markets Authority (ESMA): https://www.esma.europa.eu/document/esma-esef-taxonomy-2020. Los requisitos técnicos que debe cumplir dicho fichero se encuentran definidos en la ESEF Conformance Suite , https://www.esma.europa.eu/document/conformance-suite-2020 , que consiste en un conjunto de estructuras y ejemplos en formato XBRL, acompañados de un fichero Excel que describe las guías y reglas que debe cumplir un archivo en este formato electrónico único.  Cuentas anuales consolidadas no presentadas en formato electrónico único (art. 2) El modelo del anexo I de la Orden es obligatorio para presentar en el Registro Mercantil las cuentas anuales consolidadas de toda sociedad dominante si, a la fecha de cierre del ejercicio ninguna de las sociedades del grupo ha emitido valores admitidos a cotización en un mercado regulado de cualquier Estado miembro de la UE, y opta por formular sus cuentas aplicando las normas de consolidación del RD 1159/2010, de 17 de septiembre, que aprueba las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y modifica el Plan General de Contabilidad, y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas; modificado por el RD 602/2016, de 2 de diciembre, que modifica el Plan General de Contabilidad; el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas; las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas, y las Normas de Adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines lucrativos. Órdenes Ministeriales

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