KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº95 - Diciembre 2020

© 2021 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 3 Nº 95 – Diciembre 2020 KNOW Tax&Legal En el punto de mira KPMG Abogados S.L.P. En el mes de diciembre se ha acelerado la producción legislativa destacando la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado (LPGE) para 2021, tras tres años de prórroga de los Presupuestos Generales de 2018. En el ámbito fiscal la LPGE introduce importantes modificaciones normativas en diversos impuestos. Destaca la limitación a la exoneración fiscal sobre dividendos y plusvalías derivadas de la transmisión de acciones y participaciones prevista en el Impuesto sobre sociedades y el alza de los tipos impositivos a rentas más altas en IRPF. En el ámbito del IVA se eleva el tipo impositivo para determinadas bebidas azucaradas y se modifica la denominada regla de uso y disfrute para excluir de su aplicación a servicios prestados a residentes en Canarias, Ceuta y Melilla. Y el ámbito de la tributación local y en Impuestos especiales se introducen diversos cambios, relevantes para determinados sectores. Pero no solo se han recogido modificaciones en este ámbito sino también en otros, destacando el ámbito laboral y de seguridad social así como modificaciones en materia de contratación pública. Esta producción legislativa de diciembre ha ido más allá, en un mes en el que se han publicado nada menos que cinco Reales Decretos-leyes con el objetivo de reducir el impacto negativo de la Covid 19, especialmente para determinados sectores. El primero de ellos, el RD-Ley 35/2020, publicado en el B.O.E. de 23 de diciembre, ha ido dirigido a flexibilizar ciertas obligaciones fiscales de PYMES y autónomos y ha incluido medidas de diversa índole en el sector de la hostelería y el comercio. El RD-ley 36/2020 (B.O.E. de 31 de diciembre) regula medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, con el fin de facilitar la gestión y ejecución de las actuaciones financiables con fondos públicos europeos. El RD-Ley 37/2020 (B.O.E. de 23 de diciembre) incorpora medidas urgentes en situaciones de vulnerabilidad social y económica en el ámbito de vivienda y en materia de transportes. Por su parte, a través del RD-ley 38/2020 (B.O.E. de 30 de diciembre) se adoptan medidas de adaptación a la situación de Estado tercero del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte tras el fin del periodo transitorio que regula su retirada de la Unión Europea y de la Comunidad Europea de la Energía Atómica. Sobre este punto, procede indicar que el 24 de diciembre de 2020 se alcanzó el Acuerdo de Comercio y Cooperación consensuado por el Reino Unido y la Unión Europea que rige la relación entre la Unión Europea y el Reino Unido desde el 1 de enero de 2021 (Brexit). Finalmente, el RD-ley 39/2020 (B.O.E. de 30 de diciembre) ha introducido novedades en el ámbito del cumplimiento de ejecución de sentencias y dos medidas fiscales: declara exento de tributación en IRPF el ingreso mínimo vital y extiende un año el plazo para materializar el incentivo de Reserva de inversiones en Canarias de 2016. Además de lo anterior, diciembre ha visto también la transposición de DAC 6 a través de la modificación de la Ley General Tributaria por la Ley 10/2020. Una regulación de calado que conllevará la comunicación a la Administración tributaria de determinados mecanismos transfronterizos por parte no solo de los propios obligados tributarios sino, y aquí radica la mayor novedad, de quienes hubieran intervenido en calidad de intermediarios. Nos encontramos ahora a la espera de la aprobación y publicación de la norma reglamentaria que la desarrolle. Por último, se ha publicado el calendario de días inhábiles de la Administración General del Estado que marcarán los plazos administrativos de 2021, se han introducido ciertas modificaciones en el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades y en modelos tributarios en el ámbito de IVA, tasa de juego y declaraciones informativas. En cuanto a la jurisprudencia dictada en el ámbito fiscal por el TS destaca la Sentencia por la que se ha declarado no sujetos a IRPF los intereses de demora percibidos por ingresos tributarios indebidos y la consideración de confiscatoria una plusvalía municipal cuyo importe resulte equivalente al incremento de valor del terreno. Interesante resulta también la Sentencia del Tribunal Constitucional que declara nula una liquidación por no aceptar una notificación por edicto de la liquidación en voluntaria cuando el apremio pudo ser notificado al obligado tributario por el cauce ordinario. Al margen de la fiscalidad, también resaltamos una sentencia del TS de 19 de noviembre de 2020 sobre los límites de acceso a determinada información pública bajo la Ley de Transparencia, así como otra del TS de 26 de octubre de 2020, que establece que los gastos de gestoría derivados de la formalización del préstamo hipotecario corresponden al prestamista y que supone un cambio de criterio respecto al mantenido por el propio tribunal hasta la fecha.

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