KNOW Novedades Jurídicas y Fiscales nº109 - Marzo 2022

© 2022 KPMG Abogados S.L.P., sociedad española de responsabilidad limitada profesional y firma miembro de la organización global de KPMG de firmas miembro independientes afiliadas a KPMG International Limited, sociedad inglesa limitada por garantía. Todos los derechos reservados. 18 Nº 109 – Marzo 2022 KNOW Tax&Legal Ámbito legal (cont.) LEY 4/2022, de 25 de febrero (BOE 01/03/2022) , de protección de los consumidores y usuarios frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica. La Ley 4/2022 (o la Ley) -con entrada en vigor el día siguiente al de su publicación , esto es, el 2 de marzo de 2022 , a excepción de las previsiones relativas al tamaño de letra en la información contractual , que lo harán en el plazo de 3 meses desde la publicación de la Ley; esto es, a partir del 1 de junio de 2022 -, tiene por objeto principal adoptar medidas urgentes para hacer frente a determinadas situaciones de vulnerabilidad puestas de manifiesto en la Nueva Agenda del Consumidor, que presenta la visión de la política europea de consumo para el periodo 2020-2025 . En líneas generales, el contenido de la Ley 4/2022 es el siguiente:  La Ley modifica el TR de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias de 2007 (aspecto analizado por el equipo de RAC de KPMG Abogados en este Legal Alert) d estacando la incorporación del concepto de “persona consumidora vulnerable” como aquella persona física que, de conformidad con su situación socioeconómica, se encuentra en una situación de subordinación, indefensión o desprotección tal que se ve impedido en el ejercicio de sus derechos como consumidor en condiciones de igualdad, y la previsión de que toda información contractual sobre los bienes o servicios ofrecidos a consumidores y personas consumidores vulnerables bajo contratos de adhesión deberá remitirse con un tamaño de letra superior a los 2,5 mm, espacio entre líneas superior a los 1,15 mm, y en formato que permita su correcta lectura.  El Gobierno, en el plazo de un año desde el 2 de marzo de 2022 , desarrollará reglamentariamente un etiquetado (inclusivo) en alfabeto braille , así como en otros formatos que garanticen la accesibilidad universal de aquellos bienes y productos de consumo de especial relevancia para la protección de la seguridad, integridad y calidad de vida, especialmente de las personas ciegas y con discapacidad visual como personas consumidoras vulnerables.  Con el fin de favorecer la inclusión en el ámbito financiero de las personas más vulnerables y, especialmente, aquéllas de mayor edad, el Gobierno promoverá las modificaciones legislativas necesarias para garantizar la atención personalizada en los servicios de pagos a los consumidores y usuarios en situación de vulnerabilidad que lo demanden, sin discriminación motivada por “brecha digital”, en el plazo de 3 meses siguientes a la aprobación desde el 2 de marzo de 2022 ; y un Plan de Medidas para favorecer la inclusión de las personas más vulnerables, y especialmente aquéllas de mayor edad, en coordinación con el Banco de España que incluya, entre otras medidas, que el incremento del personal de apoyo para ayudar a las personas con menores capacidades digitales a realizar las operativas necesarias; y máxima seguridad, para proteger a los usuarios bancarios de robos, engaños y estafas on line .  Se modifica el art. 1 bis . 7 b) y c) del RD-ley 11/2020 estableciendo que, en ningún caso procederá la suspensión hasta el 30 de septiembre de 2022 del procedimiento de desahucio y de los lanzamientos para personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional en los supuestos de los apdos. 2.º, 4.º y 7.º del art. 250.1 LEC, y en aquellos otros en los que el desahucio traiga causa de un procedimiento penal, si la entrada o permanencia en la vivienda ha tenido lugar: cuando se haya producido en un inmueble de propiedad de una persona física o jurídica que lo tenga cedido por Civil Leyes

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